Si bien los monotribustitas solo iban a poder utilizar las facturas impresas con el nuevo Código de Autorización de Impresión «C.A.I.», AFIP comunicó este martes 6 de enero que se establece una prórroga para continuar utilizando las facturas anteriores al 1ro de noviembre de 2014 ingresando hasta el 31 de marzo de 2015 la información requerida, fecha límite en la que dejará de estar disponible el servicio.
A través de la Resolución General N° 3704 publicada en el Boletín Oficial este martes 6 de enero de 2015, la AFIP comunicó que los contribuyentes monotributistas , bajo determinados requisitos y condiciones, podrán continuar utilizando los comprobantes impresos con anterioridad al 1ro de noviembre de 2014.
Los requisitos para continuar utilizando las facturas viejas son:
- Informar los datos de los citados comprobantes a esta Administración Federal a través de la página Web (www.afip.gob.ar) y mediante el servicio con clave fiscal denominado «Autorización de Impresión de Comprobantes», opción «Régimen de información de comprobantes en existencia».
- No haber utilizado talonarios impresos conforme a lo previsto en la Resolución General N° 3665.
Condiciones: El servicio mencionado se encontrará disponible hasta el día 31 de marzo de 2015, fecha límite para el ingreso de la información ya mencionada.
Recordemos que de acuerdo a la Resolución General N° 3.665 y 3.666 de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, para solicitar la impresión de los comprobantes antes de ir a la impresa los monotributistas deben solicitar el Código de Autorización de Impresión (C.A.I.). Si bien el límite era enero de 2015, AFIP dio una prórroga para continuar con los viejos formularios.
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