La Provincia de Buenos Aires ha realizado cambios en la reglamentación para el tratamiento de Fertilización Asistida, quitando el límite de edad o la orientación sexual de los interesados a acceder a este método para formar una familia. De esta manera se adecúa con la normativa sancionada a nivel nacional que incluye prestaciones de prácticas y procedimientos bajo técnicas de baja y alta complejidad.
De a cuerdo a los cambios dispuestos a la Ley de Fertilización Asistida que fueron reglamentados el viernes 29 de mayo, las parejas bonaerenses, sea cual sea su orientación sexual y edad, podrán acceder a prácticas y procedimientos para tratamientos que requieran técnicas de baja y alta complejidad, incluyendo o no la donación de gametos o embriones.
Los requisitos para acceder a la Fertilización Asistida en la Provincia de Buenos Aires son:
- Ser mayor de edad.
- Tener al menos dos años de residencia.
De a cuerdo a la Ley N° 14.208, podrán acceder a los tratamientos de Fertilización con cobertura pública o de cualquier obra social o medicina prepaga.
Además, el decreto firmado por el Ministro de Salud de la Pcia. de Buenos Aires, Alejandro Collia, y el Gobernador Daniel Scioli, establece: «No podrán introducirse requisitos o limitaciones que impliquen excluir de la cobertura de tratamientos de fertilización a personas que los requieran, debido a su orientación sexual o estado civil».
Cabe señalar que quedan comprendidos por esta cobertura los servicios de guarda de gametos o tejidos reproductivos para las personas que aun no quieran llevar adelante la inmediata consecución de un embarazo por problemas de salud, tratamientos médicos o intervenciones quirúrgicas que puedan llegar a dejar comprometida la capacidad reproductiva, incluyendo a menores de 18 años.
La normativa establece que solo se podrán acceder a un máximo de 4 tratamientos por año de fertilización asistida de baja complejidad y 3 de alta complejidad, con intervalos mínimos de 3 meses.
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