Al igual que lo ha hecho la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), la Asociación de Supervisores de la Industria Metalmecánica de la República Argentina (ASIMRA) consiguió un aumento en los salarios del 27,8% que se aplicará en dos cuotas. Dicho acuerdo ya han sido homologado por el Ministerio de Trabajo, el cual efectuó la publicación de las nuevas escalas salariales. En este artículo, EconoBlog detalla la planilla con los Sueldos Básicos 2015 de la Rama 7 «Cromo – Hojalatería Mecánica«.
En el Acuerdo Salarial 2015 de la ASIMRA se estipuló que se apliquen los siguientes aumentos sobre los salarios básicos de convenio:
- 17,8% retroactivo a mayo.
- 10% desde agosto.
Las paritarias fueron firmadas por el sindicato con la Asociación de Supervisores de la Industria Metalmecánica de la República Argentina junto con la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina, la Asociación de Fabricantes de Artículos Electrónicos, la Cámara de la Pequeña y Mediana Industria Metalúrgica Argentina, la Cámara Argentina de la Industria del Aluminio y Metales Afines y la Federación de Cámaras Industriales de Artefactos para el Hogar de la Republica Argentina.
La planilla con los Sueldos Básicos 2015 de ASIMRA para la Rama 7 «Cromo – Hojalatería Mecánica» del CCT 275/75 es la siguiente:
Categorías | Vigente desde 01/05/2015 | Vigente desde 01/08/2015 |
Supervisor de fábrica de 4ta | 14.774 | 16.029 |
Supervisor técnico de 3ra | 14.774 | 16.029 |
Supervisor de fábrica de 3ra | 13.353 | 14.486 |
Supervisor técnico de 2da | 13.353 | 14.486 |
Supervisor de fábrica de 2da | 12.172 | 13.206 |
Supervisor técnico de 1ra | 12.172 | 13.206 |
Supervisor administrativo de 2da | 12.172 | 13.206 |
Sub supervisor de fábrica de 3ra | 12.172 | 13.206 |
Sub supervisor de fábrica de 2da | 11.114 | 12.058 |
Supervisor administrativo de 1ra | 11.114 | 12.058 |
Supervisor de fábrica de 1ra | 9.585 | 10.400 |
Supervisor servicios generales de 3ra | 9.585 | 10.400 |
Sub supervisor de fábrica de 1ra | 8.782 | 9.410 |
Supervisor servicios generales 2da | 8.782 | 9.410 |
Supervisor servicios generales 1ra | 8.782 | 9.410 |
Artículos 17
Vigente desde 01/05/2015 | Vigente desde 01/08/2015 | |
Inc. A fallecimiento cónyuge, padre, hijos | 1.1.27 | 1.223 |
Inc. B por cada uno de los progenitores a cargo | 259 | 281 |
Inc. C por título secundario | 237 | 257 |
Inc. D Dominio de uno o mas idiomas | 237 | 257 |
Artículo 15: Escalafón por antigüedad: 1% sobre el sueldo básico.
Artículo 18: Seguro de vida y sepelio
Categorías | Vigente desde 01/05/2015 | Vigente desde 01/08/2015 |
Aporte del trabajador | 68 | 74 |
Contribución patronal | 68 | 74 |
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