Las personas que reciben un salario por arriba de $ 6750.- verán reducido el mismo en el mes de marzo de 2008.A partir de marzo el tope del sueldo bruto sobre el que se calcula el descuento, que es del 11% para los dos regimenes jubilatorios, reparto y capitalización, pasara de $ 6750 a $ 7256 hasta el mes de junio, y en el mes de julio habrá otra suba de ese tope, que quedará en $ 7800.
De esta manera el monto que se descuenta mensualmente a los empleados con salarios brutos de más de $ 7256 subirá el mes próximo de $ 742,50 a $ 798,16, es decir, $ 55,66. En julio, el aporte se elevará a $ 858, $ 115,50 más que el actual.
Los trabajadores que tienen un salario entre $ 6.750.- y el nuevo tope, también habrá un aumento del importe a descontar a diferencia de lo que ocurre ahora, que en esos casos se descuenta el 11% de $ 6750 (el tope vigente hasta este mes), desde marzo el cálculo se hará sobre el salario bruto de cada trabajador, ya que quedará fuera del alcance del nuevo máximo. Así, por ejemplo, alguien que perciba $ 7000 dejará de aportar $ 742,50 y pasará a tener un descuento de $ 770: el 11% de su propio salario bruto.
El día 21 de febrero se publico en el boletín oficial el decreto Nº 279, mediante el cual se formalizó el aumento de las jubilaciones. De hecho, el alza de los topes salariales para aportar está en línea con esas mejoras para los pasivos: en ambos casos hay un incremento del 15%, que se efectivizará por partes iguales desde marzo y julio.
Este incremento en los descuentos jubilatorios se vera compensado por una reducción de lo que corresponde pagar por el impuesto a las ganancias. Los aportes a la seguridad social son deducidos del monto de los ingresos sobre el que se calcula cuánto se tributa por ese impuesto.
Ejemplo:
Sueldo neto de aportes (jubilación y salud) de un empleado soltero con un salario bruto de $ 7800 pasará de $ 6769,50 a $ 6713 en marzo, y a $ 6654 en julio, un 0,83 y un 1,7% menos, en cada caso. Sin embargo, el nivel de esa caída se reduciría porque se le retendrían $ 13,9 y $ 28,8 menos de Ganancias. El ejemplo es orientativo, ya que considera una cifra promedio del impuesto cuando, en rigor, no todos los meses la retención es igual y, además, la obligación tributaria también depende de las deducciones que declare cada trabajador para aliviar la carga.
22/02/2008 – La Nación –
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Graciela:
Muchas gracias!
saludos.-
Hola Mariel:
Por el momento no se nada.
gracias
Graciela: buen dia, muchas gracias por resolver las inquietudes en gral a diario.
Te hago una consulta, sabes algo sobre la suba de los topes; en julio es 7800 para jubilacion poro tambien se estaba hablando de una posible suba del tope de aportes para la os y la ley o sea q ambos topes quedarian igual, ya no serian de 4800 sino q superiores e igualando el de jubilación. tenés idea de esto?
Muchas gracias de antemano.
saludos