La Ley de Contrato de Trabajo (LCT) establece que se aplique la norma más ventajosa para el asalariado en los casos de que exista un conflicto con su empleador. Sumado a ello y a causa de la gran cantidad de empresas del exterior que se encuentran instaladas en nuestro país, la Cámara de Diputados ha dado media sanción a un Proyecto que busca que siempre se aplique la ley argentina o extranjera más favorable para el trabajador.
La legislación actual establece que la norma vigente en los conflictos es la del territorio en el cual se presta el servicio vinculado con la relación laboral. Sin embargo, con los cambios propuestos por el Proyecto de Ley, que aún necesita contar con la aprobación del Senado, también se podría tomar en cuenta las normas extranjeras.
El proyecto fue presentado por el ex asesor de la Confederación General del Trabajo (CGT) y titular de la comisión de Legislación del Trabajo de la cámara baja, Héctor Recalde. En el mismo se propone modificar el Artículo 2 de la LCT para que, en el caso de que el contrato de trabajo se haya celebrado dentro o fuera del país para ser cumplidos fuera del territorio argentino, los jueces puedan elegir entre la ley nacional o extranjera que sea más beneficiosa para el empleado.
Además, estas modificaciones también beneficiarán a los trabajadores en los casos de que el contrato se haya celebrado en el exterior para ser ejecutado dentro de nuestras fronteras.
Según indica iProfesional, en el derecho laboral existen tres criterios para determinar la noma más favorable para el asalariado:
- Conglobamiento por instituciones: Se adopta el sistema que sea más beneficioso solamente por la institución en discusión.
- Acumulación: Se toma de cada régimen las disposiciones más favorables al empleado y se da origen a un nuevo texto.
- Conglobamiento simple: Se considera el sistema más favorable para el empleado y se excluye al otro. Se realiza una apreciación integral, estableciéndose por comparación cuál es la normativa más beneficiosa. Por ejemplo, se elige entre la Ley de Contrato de Trabajo y el estatuto profesional.
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