La Administración Federal de ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General N° 2673 establece los nuevos aportes mensuales para los trabajadores autónomos y cambios en los topes mínimo y máximo para el cálculo de aportes al Sistema Integral Previsional Argentino de los empleados. La modificación responde a la ley de movilidad jubilatoria. Los límites vigentes para los trabajadores en relación de dependencia son mínimo $ 287,74 y máximo $ 9.351,30.-
Trabajadores autónomos:
Importes vigentes a partir del período septiembre 2009 con vencimiento en octubre.
Nuevo esquema Régimen General | ||
Grupos de Actividades | Categorías | Importe Mensual |
Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo. | V | $675.21 |
IV | $491.06 | |
III | $306.92 | |
Actividades no incluidas en el punto anterior, que constituyan locaciones o prestaciones de servicios | II | $214.83 |
I | $153.45 | |
Resto de las actividades no comprendidas en los puntos anteriores | II | $214.83 |
I | $153.45 | |
Afiliaciones voluntarias | I | $153.45 |
Menores de 18 hasta 21 años | I | $153.45 |
Empleados en relación de dependencia
Los límites vigentes para el período devengado de septiembre de 2009 son $287,74 para el límite mínimo y $9.351,30 para el límite máximo.
Estos límites se aplicarán a los siguientes conceptos:
- Aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino, Ley Nº 24.241.
- Aportes al Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley Nº 19.032.
- Aportes al Régimen Nacional de Obras Sociales, Ley Nº 23.660.
- Aportes al Régimen Nacional del Seguro de Salud, Ley Nº 23.661.
- Cuotas Ley Riesgos del Trabajo, Ley Nº 24.557.
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Buenas tardes, como puede hacerse para pagar autònomos por períodos Junio a Agosto 2009 ??? (anteriores a Septiembre 2009, que es el último aumento)Ya que automàticamente a los cajeros les salen los nuevos valores. Gracias