Ayer, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social realizó la homologación del acuerdo que traslada la celebración del Día del Empleado de Comercio del sábado 26 al lunes 28 de septiembre de 2015. Además, esta homologación pone en vigencia la nueva escala salarial de los trabajadores mercantiles conforme a lo pactado en el Acuerdo Salarial firmado en el mes de mayo.
La Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), la Confederación Argentina de La Mediana Empresa (UDECA) y la Cámara Argentina de Comercio (CAC) se ha reunido con la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) este mes para acordar un cambio en la fecha del Día del Empleado de Comercio previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75. En lo acordado se definió que, por única vez, la fecha sea traslada del 26 al 28 de septiembre de 2015.
Es por esta razón que el día lunes es un día no laborable para los mercantiles debiendo ser liquidado como cualquier otro feriado en el recibo de sueldo.
Como indica la Ley Provincial 26.441, el día del Empleado de Comercio será celebrado el miércoles 30 en la Provincia de Santa Fe. Es por esta razón que el sábado 26 y el lunes 28 será un día laborable para los comercios de dicha provincia.
Por otro lado, el Ministerio de Trabajo realizó la homologación los sueldos básicos que se detallan en fijas 2/23 del Expediente N° 1.681.171/15, agregado como fija 69 al Expediente N° 1.675.847/15, correspondientes al Acuerdo N° 635/15 que había sido homologado por resolución de la Secretaría de Trabajo N° 727 el 28 de mayo del corriente año. Dicha escala salarial se puede consultar entrando AQUÍ.
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