El impuestazo de la Provincia de Buenos Aires, que busca reinstalar el tributo a la herencia implementado por Daniel Scioli abre la puerta para avanzar sobre las cajas de seguridad ya que el proyecto establece que con el fin de valuar el contenido de los cofres se deberá realizar un inventario en el que intervendrá el fisco bonaerense. Los abogados advierten que esta herramienta viola el derecho a la intimidad.
Desde la gestión del polémico ex recaudador, Santiago Montoya, las cajas de seguridad se convirtieron en la obsesión del fisco bonaerense. Esto es así, ya que de acuerdo al texto del proyecto que apunta a reinstalar el impuesto a la herencia, la Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA) deberá realizar un inventario de los cofres a fin de valuar su contenido.
A poco de convertirse en Ley, la iniciativa, disparó una fuerte polémica por el impacto que está tendría sobre los titulares de los cofres. Los abogados ya advirtieron que la polémica herramienta viola el derecho a la intimidad y otorga facultades excesivas al organismo de recaudación bonaerense.
El proyecto, que después del del visto bueno del Senado provincial, se convertirá en Ley, además prevé subas en Patentes y en el Impuesto Inmobiliario Rural y Urbano.
Con esta nueva ley impositiva 2010 habilitará a implementar un incremento de hasta 20% en aquellas propiedades urbanas con valuación fiscal mayor a los $100 mil. En cuanto al Impuesto Inmobiliario Rural, el aumento previsto en el proyecto para todos los distritos rondará el 20% en promedio.
La suba en el pago del impuesto a las patentes, y que ya cuenta con media sanción, prevé subir en 20% el impuesto que recae sobre los autos de más de $40.000 pesos.
La gran discusión se centra en lo que será el cuerpo normativo del impuesto a la herencia. El impuesto, que regirá a partir del 1° de enero de 2010, alcanzará a las personas físicas y jurídicas que resulten beneficiarias de una transmisión gratuita de bienes. Se cobrará sobre el bien heredado, aunque el beneficiario viva en otra provincia.
Asimismo, la iniciativa estipula un piso de aplicación superior a los $3.000.000 en los valores de los bienes afectados.
Al ser consultado sobre la iniciativa, Tomás Wilson-Rae, socio del estudio TWR Abogados aseguró que: “la propuesta va más allá de lo imaginable”.
Explicando que el artículo 101, inciso 5 de la iniciativa establece que: “los bienes que se encuentren en cajas de seguridad se deberán valuar a través de una tasación pericial previo inventario de sus existencias con intervención de ARBA”.
A continuación, un extracto del proyecto de ley en el que se hace particular mención al tema:
Wilson-Rae, al respecto advirtió que: «Por lo tanto, con independencia de la reglamentación se vaya a emitir, se esta facultando al fisco bonaerense para que intervenga en el inventario de todas las cajas de seguridad de la Provincia de Buenos Aires, o los que es peor aún -según como se interprete la norma- en todas las cajas de seguridad del país, en tanto y en cuanto sus titulares tengan domicilio en la Provincia de Buenos Aires”.
Y concluyendo dijo que: “El derecho a la intimidad, reglado en la Constitución Nacional y en el Código Civil, es manifiestamente violado si los ciudadanos deben abrir frente a las autoridades fiscales sus cofres -como es por todos sabido- no sólo se guardan artículos de valor, sino además cosas de carácter personalísimo”.
En el mismo sentido, Gastón Vidal Quera, miembro del Departamento Contencioso Administrativo Fiscal y Aduanero de Lisicki, Litvin & Asociados alertó que el proyecto dado a conocer “no establece con precisión cómo serán las características de la tasación, así como tampoco el alcance de la intervención del fisco bonaerense”.
Añadiendo que: «Tampoco se establece qué pasa si hay una discrepancia con el valor que determine ARBA respecto a los depósitos en cajas de seguridad y las pruebas y defensas que en esa instancia podrá ofrecer el contribuyente”.
Vidal Quera, afirmó que: “La facultad que se le otorga al organismo de recaudación provincial viola el derecho a la intimidad, por lo que de sancionarse tal como está en el proyecto, deberá ser utilizada cuidando de respetar los derechos y garantías constitucionales de los contribuyentes”.
Y como dice el dicho popular: “hecha la ley, hecha la trampa”. Como las intenciones del gobernador Scioli apuntan a reforzar la caja bonaerense, Enrique Scalone, titular del estudio que lleva su nombre, adelantó que la reinstalación del polémico tributo generará el efecto contrario.
Detallando que: “Resulta fácil predecir que, ante la ocurrencia del hecho imponible que surge de este impuesto, los afectados que pretendan escapar de la imposición se apresurarán a extraer dichos valores por dos razones: eludir el peso del tributo sobre esta parte de sus patrimonios y evitar que la intervención de ARBA denote la existencia de patrimonios no declarados frente a impuestos nacionales que recaen sobre los mismos”.
El tributarista agregó que: “Por ende se trata de una medida enojosa que, buscando la equidad en el tratamiento para todo tipo de patrimonios, en realidad consigue un efecto contrario: fomentar el ocultamiento de los mismos”.
Y aconsejando que: “Una solución intermedia hubiera sido gravar las transferencias gratuitas de bienes registrables únicamente”.
Antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
Si bien el máximo tribunal no se refirió específicamente a la probable avanzada sobre las cajas de seguridad, existe un fallo contra el fisco bonaerense que puso un freno a los embargos sobre las cuentas bancarias.
Víctor Daniel Romero, socio del Estudio Harteneck – Quian – Teresa Gómez & Asociados apuntó que: “sería importante que los legisladores tengan en consideración la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, CSJN, en el marco de la causa ´Asociación de Bancos de la Argentina y otros contra Provincia de Buenos Aires´, cuando dio un claro mensaje de poner un límite a una administración fiscal excesiva”.
Más precisamente, la decisión benefició a la Asociación de Bancos de la Argentina (ABA), Citibank, Banco Río de la Plata, HSBC Argentina, Bank Boston, Banco Francés, Banco Itaú, y JP Morgan National Association.
Las entidades financieras cuestionaron las normas que facultan al ente recaudador provincial a ordenar medidas precautorias sobre cuentas bancarias y a requerir información a los bancos sobre fondos y valores de sus clientes.
Ante tal demanda, la Corte determinó que ARBA se deberá abstener de requerir a las entidades financieras la anotación de medidas cautelares decretadas por ese órgano de recaudación, en relación a cuentas y activos bancarios de sus clientes, radicados fuera de territorio de la Provincia de Buenos Aires.
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