El día de ayer, el Doctor Alberto Abad, titular de AFIP, participó de la a apertura de la primera reunión del Ciclo de Actualidad Tributaria organizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA). A lo largo de la misma, el funcionario adelantó que se efectuará una eliminación de las Fiscalizaciones Electrónicas.
El titular de AFIP habló sobre las próximas medidas que se tomarán. Una de ellas consiste en la eliminación de las fiscalizaciones electrónicas para volver a efectuarlas de forma presencial como se hacía antiguamente aunque con una variante, se podrán hacer requerimientos por Internet.
El funcionario aseguró que la fiscalización de oficina permite que los contribuyentes y sus agentes fiscalizadores interactúen facilitándose así el aporte de documentación pertinente para garantizar el derecho de defensa del contribuyente.
Las fiscalizaciones electrónicas fueron creadas por el Fisco Nacional mediante la Resolución General 3416/12, la cual fue publicada el 20 de diciembre de 2012 en el Boletín Oficial. Con dicha herramienta, el organismo recaudador requiere a los contribuyentes que aporten documentación para verificar las inconsistencias detectadas con el cruce de información entre las instituciones públicas y privadas.
Con dicho procedimiento, el contribuyente no tiene la posibilidad de dialogar con los inspectores, algo que la nueva administración considera que es perjudicial para su defensa.
Por otro lado, Abad habló sobre el ajuste por inflación, el cual por el momento no estará sujeto a revisión; la continuidad del Libro de Sueldos Digital; y la ventanilla electrónica, la cual será utilizada para informar los conceptos que tiene el Fisco sobre la liquidación del Impuesto a las Ganancias. Aparte, él aseguró que se podrán identificar a las personas que cuenten con fondos mayores a 100.000 dólares en el extranjero gracias al intercambio de información internacional.
Aparte, él adelantó que se podrán hacer trámites documentables en cualquier oficina de AFIP. De esta forma, el contribuyente no se encuentra obligado a tener que ir a la dependencia que corresponda a su jurisdicción.
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