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Homologación de Acuerdo Salarial 2016 de Empleados de Comercio

El pasado 30 de marzo, mediante la Resolución ST N° 62, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) se encargó de efectuar la homologación de Acuerdo Salarial 2016 de Empleados de Comercio (Expediente N° 1.712.986/16). De esta manera entra en vigencia el aumento semestral de un 20% y el pago de las dos sumas no remunerativas de 1.000 pesos cada una. La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyC), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Cámara Argentina de Comercio (CAC) con firmado el Acuerdo Salarial 2016 el mes pasado conforme a la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Tal como lo ha pedido […]

El pasado 30 de marzo, mediante la Resolución ST N° 62, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) se encargó de efectuar la homologación de Acuerdo Salarial 2016 de Empleados de Comercio (Expediente N° 1.712.986/16). De esta manera entra en vigencia el aumento semestral de un 20% y el pago de las dos sumas no remunerativas de 1.000 pesos cada una.

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyC), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Cámara Argentina de Comercio (CAC) con firmado el Acuerdo Salarial 2016 el mes pasado conforme a la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Tal como lo ha pedido el Estado Nacional, el mismo tendrá una duración de seis meses.

Las partes han establecido un aumento del 20% en los sueldos básicos de los trabajadores en relación de dependencia comprendidos por el Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75. La nueva escala salarial, la cual puede ser consultada ingresando AQUÍ, estará vigente desde abril hasta octubre.

En el mes de octubre, las partes volverán a reunirse para discutir el nuevo aumento, el cual se aplicará desde noviembre de 2016. En el mismo se tendrá en cuenta la escala salarial vigente en el mes de noviembre de 2015.

Aparte se ha acordado el pago de dos gratificaciones no remunerativas de $ 1000 cada una. Dichas sumas se tienen que pagar entre el 1ero y el 7 de abril; y el 1ero y el 7 de junio.

Los gremialistas y las cámaras empresariales han acordado el pago de una cuota de $ 100 que será destinada a la obra social del sindicato, OSECAC.

Bajar la homologación de Acuerdo Salarial 2016.

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