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Modificación a Ingresos Brutos en Ciudad de Buenos Aires

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) anunció una modificación en el Régimen General de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Ciudad de Buenos Aires. Estos cambios abarcan a todos los contribuyentes que realicen actividades económicas en el territorio porteño. Los mismos entrarán en vigencia a partir del sábado 1° de octubre de 2016. En las modificaciones a Ingresos Brutos en la Ciudad de Buenos Aires se encuentran los siguientes puntos: Se incorpora como agentes de recaudación a los contribuyentes que desarrollen actividades comerciales dentro del territorio porteño y que, en el año calendario inmediato anterior, hubieran obtenido ingresos netos gravados, exentos y no gravados en todas las jurisdicciones por más de $60.000.000. Los agentes de recaudación […]

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) anunció una modificación en el Régimen General de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Ciudad de Buenos Aires. Estos cambios abarcan a todos los contribuyentes que realicen actividades económicas en el territorio porteño. Los mismos entrarán en vigencia a partir del sábado 1° de octubre de 2016.

En las modificaciones a Ingresos Brutos en la Ciudad de Buenos Aires se encuentran los siguientes puntos:

  • Se incorpora como agentes de recaudación a los contribuyentes que desarrollen actividades comerciales dentro del territorio porteño y que, en el año calendario inmediato anterior, hubieran obtenido ingresos netos gravados, exentos y no gravados en todas las jurisdicciones por más de $60.000.000.
  • Los agentes de recaudación son sujetos pasibles de retención y/o percepción del tributo.
  • Se crea el Padrón de Regímenes Generales que debe ser consultado por los agentes de recaudación para determinar la alícuota de retención y/o percepción que se tiene que aplicar a cada sujeto. El mismo se actualizará cada mes y estará disponible en la página de AGIP con una antelación no menor a siete días de su entrada en vigencia, lo cual será desde el primer día del mes siguiente a ser publicado.
  • Los contribuyentes que acrediten la generación constante de saldos a favor en virtud de las alícuotas asignadas podrán requerir ante el Fisco Porteño la evaluación de las mismas.
  • Las alícuotas de retención y/o percepción serán determinadas por el Padrón de Regímenes Generales siendo divididas en 16 diferentes grupos. Se aumenta la alícuota máxima de retención al 4% y la de percepción al 6%.

Es importante tener en cuenta que estas modificaciones a Ingresos Brutos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entrarán en vigencia desde el 1ero de octubre de 2016.

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