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CNV: Nuevos Topes de Facturación Anual de PyMES

La Comisión Nacional de Valores (CNV) realizó la publicación de la Resolución General 670/2016 en el Boletín Oficial del 27 de julio para fijar los nuevos topes de facturación anual de las PyMES. De esta forma se aumentó el importe máximo de ventas anuales para que las compañías constituidas en el país sean consideradas Pequeñas y Medianas Empresas por dicho organismo. Los nuevos topes de facturación anual de las PyMEs fueron fijados por la CNV solamente a los efecto del acceso al mercado de capitales. Los mismos son los siguientes: Agropecuario: $160 millones. Industria y Minería: $540 millones. Comercio: $650 millones. Servicios: $180 millones. Construcción: $270 millones. A los efectos de clasificar sectorialmente a la empresa se adopta el Codificador de Actividades […]

La Comisión Nacional de Valores (CNV) realizó la publicación de la Resolución General 670/2016 en el Boletín Oficial del 27 de julio para fijar los nuevos topes de facturación anual de las PyMES. De esta forma se aumentó el importe máximo de ventas anuales para que las compañías constituidas en el país sean consideradas Pequeñas y Medianas Empresas por dicho organismo.

Los nuevos topes de facturación anual de las PyMEs fueron fijados por la CNV solamente a los efecto del acceso al mercado de capitales. Los mismos son los siguientes:

  • Agropecuario: $160 millones.
  • Industria y Minería: $540 millones.
  • Comercio: $650 millones.
  • Servicios: $180 millones.
  • Construcción: $270 millones.

A los efectos de clasificar sectorialmente a la empresa se adopta el Codificador de Actividades Económicas (CLAE) que fue aprobado por la RG 3537/2013 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP):

  • Agropecuario: A.
  • Industria y Minería: B; C; J sólo códigos591, 592, 601, 602,620 y 631; R excepto 920.
  • Comercio: G.
  • Servicios: D; E; H; resto de J; I;K; L; M; N; P; Q y S.
  • Construcción: F.

Además, por medio de la Resolución General 671/2016, la Comisión Nacional de Valores estableció que en el caso de que una empresa obtenga ingresos por más de uno de los mencionados sectores, se considerará el tope anual para la actividad cuya facturación sea mayor.

Por otro lado, la CNV ha dispuesto que no podrán constituirse fideicomisos por acto unilateral. Es decir que está prohibido que la persona del fiduciante y del fiduciario sea la misma; o que el fiduciario reúna la condición de único beneficiario.

En tal sentido, el organismo destacó que las posiciones del fiduciario y del fiduciante deberán estar claramente diferenciadas en el contrato.

La norma apunta armonizar la reglamentación del Nuevo Código Civil y Comercial para que se evite cualquier tipo de conflicto de intereses.

Es muy importante tener en cuenta que estos nuevos topes de facturación únicamente son tenidos en cuenta por la Comisión Nacional de Valores y no implican una actualización en las categorías del Monotributo o Autónomos de AFIP.

Bajar Resolución General N°671/2016 en formato PDF.

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