Escritorio con logo de AFIP

AFIP: Declarar inmuebles en el país o exterior por Sinceramiento Fiscal

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) permite a los contribuyentes blanquear los bienes ubicados en la República Argentina o en el extranjero hasta el 31 de marzo de 2017. En este artículo, EconoBlog.com.ar detalla los pasos para declarar inmuebles en el país o en el exterior por el Sinceramiento Fiscal por medio de la página www.afip.gov.ar. De la mano de la Ley de Sinceramiento Fiscal, los contribuyentes pueden declarar activos ubicados en el país o en el extranjero. Para conocer el costo que tendrá dicho blanqueamiento, los sujetos tienen la oportunidad de utilizar una herramienta online de AFIP siguiendo los pasos indicados AQUÍ. El primer paso para declarar inmuebles en el país o en el exterior por el Sinceramiento […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) permite a los contribuyentes blanquear los bienes ubicados en la República Argentina o en el extranjero hasta el 31 de marzo de 2017. En este artículo, EconoBlog.com.ar detalla los pasos para declarar inmuebles en el país o en el exterior por el Sinceramiento Fiscal por medio de la página www.afip.gov.ar.

De la mano de la Ley de Sinceramiento Fiscal, los contribuyentes pueden declarar activos ubicados en el país o en el extranjero. Para conocer el costo que tendrá dicho blanqueamiento, los sujetos tienen la oportunidad de utilizar una herramienta online de AFIP siguiendo los pasos indicados AQUÍ.

El primer paso para declarar inmuebles en el país o en el exterior por el Sinceramiento Fiscal es ingresar en la dirección web www.afip.gov.ar con el número de CUIT y la Clave Fiscal con nivel de seguridad 3. Dentro del sistema es necesario elegir el servicio «Ley 27.260 Declaración Voluntaria».

Los pasos para declarar un inmueble en el país son:

  • Completar los datos solicitados por el sistema.
  • Adjuntar un archivo PDF con los comprobantes de valuación de la propiedad.
  • El inmueble puede estar a nombre de:
  • El declarante:
    • Es necesario informar los datos del martillero.
    • Hacer clic en «Registrar».
    • Se debe indicar al martillero el ID del inmueble.
    • El martillero confirma los datos ingresados con su Clave Fiscal mediante el servicio «Ley 27.260 – Confirmación de Profesionales Certificados».
  • Un tercero:
    • Se tiene que informar los datos del martillero y del tercero; y el porcentaje de titularidad.
    • Pulsar en «Registrar».
    • Es necesario informar al martillero el ID del inmueble y al tercero el código de convalidación de la propiedad.
    • El martillero confirma los datos mediante «Ley 27.260 – Confirmación de Profesionales Certificados».
    • El tercero confirma los datos ingresados con el servicio «Ley 27.260 – Confirmación de Terceros Residentes».

Los pasos para declarar un inmueble en el exterior son:

  • Completar los datos solicitados por el sistema.
  • Adjuntar dos constancias de valuación del inmueble.
  • Hacer clic en «Registrar».
  • Una vez declarado, el contribuyente debe generar el Volante Electrónico de Pago (VEP) en la pestaña «Pago». Luego se tiene que pagar el mismo y confirmar la Declaración Jurada para imprimir el comprobante del Sinceramiento.

Los requisitos para declarar un inmueble por el Sinceramiento Fiscal de AFIP son los siguientes:

  • Haber tramitado el CUIT.
  • Contar con Clave Fiscal con nivel de seguridad 3.
  • Haber declarado el Domicilio Fiscal Electrónico, lo cual se puede hacer como se detalla ACÁ.
  • La actividad económica debe ser declarada según el Clasificador de Actividades Económicas (CLAE).
  • Hacer declarado el e-mail y número de teléfono.
  • Declarar y mantener actualizado el domicilio fiscal y los establecimientos.

El plazo para declarar inmuebles por el Blanqueo de Capitales es hasta el 31 de marzo de 2017. La valuación de las propiedades es a valor del mercado. La alícuota del Impuesto Especial es del 0% para el blanqueamiento de hasta $305.000 y del 5% para los que superen dicho monto.

Seguinos

5 comentarios en “AFIP: Declarar inmuebles en el país o exterior por Sinceramiento Fiscal”

  1. hola

    Con motivo del Sinceramiento Fiscal y el Proyecto de Blanqueo de Capitales les sugiero visitar

    aqui encontraran todo lo pertinente dentro del marco del Sinceramiento Fiscal, el proyecto que el Poder Ejecutivo Nacional elevó al Congreso de la Nación referido a Blanqueo de Capitales, Moratoria Impositiva e Incentivos.

    tambien encontraran las 12 Preguntas mas Frecuentes sobre el Blanqueo.

    saludos!

  2. Consulto con un caso real:
    Departamento de dos ambientes en la CABA. Valuación fiscal homogénea año 2015 (todo el año) $.62.329.47. Exento de pago de bienes personales.
    VFH año 2016 cambia a $.77.586.97 ¿significa que en 2017 pagaría bienes personales?
    ¿hay una reglamentación de la ciudad de Bs.As. en vigencia que dice que la VFH se multiplica por 4 para calcular el valor por el que se paga el impuesto? Porque de ser así pasaría este año de los $.305.000 que no obligan a pagar el impuesto. Gracias por su respuesta. Alicia

  3. Yo tengo un departamento comprado en el año 2000. Nunca pagué bienes personales porque la valuación fiscal homogénea no lo requería. Tampoco lo declaré fiscalmente. El lunes pasado fui a la delegación de AFIP que corresponde a mi domicilio, para consultar si debía hacer algo para declararlo y me dijeron que no tenía que hacer nada. También consulté a un contador quien dijo que no tengo que hacer nada.
    La información que se encuentra en los diarios es confusa, por lo que pese a lo que me dijeron en AFIP sigo dudando si debo hacer alguna presentación. Ingresando a «nuestra parte» pude ver que AFIP solo tiene la informacion relativa al cobro de la jubilación (dan información desde 2010 al presente). ¿Qué tendría que hacer para quedarme tranquila?Entiendo que el plazo para declarar inmuebles vence el 31-3-17.

    1. AM Si tu patrimonio total no requeria la presentación de Bienes Personales, no hace falta que lo declares

Los comentarios están cerrados.