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AFIP: Registrarse en MiPyMES

El día de la fecha entra en vigencia el nuevo registro de PyMEs creado por la Resolución 38-E/2017 de la Secretaría de la Pequeñas y Medianas Empresas. Aquellos interesados en registrarse en MiPyMES pueden hacerlo por medio de la página oficial de AFIP (www.afip.gob.ar) o la plataforma Trámites a Distancia (www.tramitesadistancia.gob.ar). El registro en MiPyMES debe efectuarse mediante el servicio interactivo «Trámites a Distancia» (TDA) del Ministerio de Modernización. para acceder al mismo es necesario acceder a www.afip.gob.ar o www.tramitesadistancia.gob.ar con el CUIT y la Clave Fiscal. Una vez registrado, el sistema emitirá el Certificado MiPyME. La vigencia del mismo es hasta el último día del tercer mes posterior al cierre de ejercicio como se indica a continuación: Cierre de […]

El día de la fecha entra en vigencia el nuevo registro de PyMEs creado por la Resolución 38-E/2017 de la Secretaría de la Pequeñas y Medianas Empresas. Aquellos interesados en registrarse en MiPyMES pueden hacerlo por medio de la página oficial de AFIP (www.afip.gob.ar) o la plataforma Trámites a Distancia (www.tramitesadistancia.gob.ar).

El registro en MiPyMES debe efectuarse mediante el servicio interactivo «Trámites a Distancia» (TDA) del Ministerio de Modernización. para acceder al mismo es necesario acceder a www.afip.gob.ar o www.tramitesadistancia.gob.ar con el CUIT y la Clave Fiscal.

Una vez registrado, el sistema emitirá el Certificado MiPyME. La vigencia del mismo es hasta el último día del tercer mes posterior al cierre de ejercicio como se indica a continuación:

Cierre de ejercicio Solicitud de inscripción Vencimiento del 1° certificado emitido Solicitud de recategorización dentro del mes de Vencimiento del 2° certificado emitido
12/2016 03/2017 31/03/2018 03/2018 31/03/2019
01/2017 03/2017 30/04/2018 04/2017 30/04/2019
02/2017 03/2017 31/05/2018 05/2017 31/05/2019
03/2017 03/2017 30/06/2018 06/2018 30/06/2019
12/2016 03/2017 31/07/2017 07/2017 31/07/2018
01/2017 03/2017 31/08/2017 08/2017 31/08/2018
02/2017 03/2017 30/09/2017 09/2017 30/09/2018
03/2017 03/2017 31/10/2017 10/2017 31/10/2018
12/2016 03/2017 30/11/2017 11/2017 30/11/2018
01/2017 03/2017 31/12/2017 12/2017 31/12/2018
02/2017 03/2017 31/01/2018 01/2018 31/01/2019
03/2017 03/2017 28/08/2018 02/2018 28/02/2019

En el caso de haber estado categorizado como Micro, Pequeña o Mediana Empresa al 28 de febrero de 2017, el Certificado MiPyME tendrá vigencia desde el 1° de marzo al 31 de mayo.

Las empresas que cuenten con su cierre de ejercicio entre el mes de diciembre y febrero del corriente año podrán pedir su recategorización durante el tercer mes posterior a dicho cierre. Las que cuenten con su cierre entre marzo y noviembre podrán reinscribirse desde el 1° de junio.

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