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AFIP: Obligación de presentar Formulario 572 Web del SIRADIG para todos los trabajadores

La Subdirección General de Servicios al Contribuyente de la AFIP envió una comunicación al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para recordar que, a partir del período fiscal 2017, entra en vigencia la obligación de presentar Formulario 572 Web del SIRADIG para todos los trabajadores en relación de dependencia. Todos los empleados en relación de dependencia tienen la obligación de presentar el Formulario 572 Web desde el período fiscal 2017. Con dicha presentación se desea que los trabajadores registren y actualicen sus deducciones del Impuesto a las Ganancias mediante el SIRADIG, lo cual requiere que se haya tramitado la Clave Fiscal que se puede sacar siguiendo los pasos detallados AQUÍ. Aquellas personas interesadas en […]

La Subdirección General de Servicios al Contribuyente de la AFIP envió una comunicación al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para recordar que, a partir del período fiscal 2017, entra en vigencia la obligación de presentar Formulario 572 Web del SIRADIG para todos los trabajadores en relación de dependencia.

Todos los empleados en relación de dependencia tienen la obligación de presentar el Formulario 572 Web desde el período fiscal 2017. Con dicha presentación se desea que los trabajadores registren y actualicen sus deducciones del Impuesto a las Ganancias mediante el SIRADIG, lo cual requiere que se haya tramitado la Clave Fiscal que se puede sacar siguiendo los pasos detallados AQUÍ.

Aquellas personas interesadas en acceder a una guía para completar el F.572 Web deben ingresar ACÁ.

Si bien dicho período vencerá en 2018, los dependientes pueden ir efectuando la carga de datos a lo largo del año para que sea menos tedioso el trámite en su vencimiento.

Por otro lado, el Fisco Nacional recordó al Consejo Profesional que el 30 de junio de 2017 vence el plazo para presentar las Declaraciones Juradas Informativas del Impuesto sobre los Bienes Personales y Ganancias para aquellos trabajadores que hayan obtenido ingresos brutos anuales iguales o mayores a 500.000 pesos en 2016.

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