En una reunión desarrollada el 22 de diciembre de 2009, en la sede del Federación Económica de Tucumán, FET, entre los representantes del sector empresarial y de la Sociedad de Empleados y Obreros del Comercio, SEOC, fueron establecidos horarios por los cuales los trabajadores prestarán servicios con motivo de los días festivos de fin de año y como beneficio para los empelados de comercio se estableció un pago de una suma No Remunerativa y no bonificable de $400.-.
Por parte de la parte empresaria se encontraron presentes en la reunión: Raúl Robín, presidente, Gregorio Werchow, Vicepresidente 2º, y Miguel A. Pérez, secretario General, y en representación de SEOC, Roque Brito, secretario General, y los dirigentes Ramón Cano y Juan Arismendi. Además participó el presidente de la Cámara de Comerciantes de la provincia de Tucumán.
El acuerdo fue:
- Los horarios normales de trabajo para el verano fijados oportunamente de 9 a 13 y de 17:30 a 21:30 se mantienen vigentes.
- En carácter excepcional se fijan los siguientes horarios a los cuales los comerciantes podrán adherirse:
- Días 22 y 29 de Diciembre de 8:30 a 13:30 y 17 a 21:30
- Días 23 y 30 de Diciembre de 8:30 a 21:30 (horario corrido)
- Días 24 y 31 de Diciembre de 8:30 a 18 (horario corrido)
Además, se acordó en carácter excepcional y por única vez, un reconocimiento a la colaboración de los empleados de comercio de un pago de $ 400.- (Pesos: Cuatrocientos) que será en carácter de No Remunerativo y no Bonificable, el que deberá ser abonado hasta el día 26 del corriente mes.
Por lo que, luego de firmado el acuerdo se lo elevó a la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Tucumán para su homologación correspondiente.
Dejando establecido, también, que la Sociedad de Empleados y Obreros del Comercio tiene la facultad de verificar dicho pago.
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buen dia
mi consulta es la siguiente …..
si uno cumple años, y pide permiso, lo tienen que descontar ? o es un mito
si es asi, por favor enviar informacion sobre mi consulta
gracias
LUNA
Si pedis permiso te descuentan el día, no es un mito. Algunos empleadores lo tienen como costumbre o norma de su empresa y se les paga doble o se les da el día, peor legalmente eso no es asi
Buen Dia, trabajo en un comercio en el cual algunos empleados hacen horario corrido y otros no.. En el caso de los que hacen horario corrido, les exigen trabajar 9hs alegando que tienen una hora para comer. en el comercio no hay comedor y en realidad durante esa supuesta hora tampoco se deja de atender en ese caso es correcto que tengas que trabajar las 9 hs o solo es en caso de que hubiese un comedor?? como es el tema del horario corrido??
aguardo comentarios a la brevedad posible.
muchas gracias
Maria
Empleados de comercio en su convenio solo habla de 15 minutos de refrigerio
HOLA GABRIELA. TRABAJO 6 HORAS EN UN LOCAL DE COMERCIO. SI MI FRANCO COINCIDE CON UN DERIADO… LO PIERDO?’ O ME LO TIENEN QUE DEVOLVER?? GRACIAS . GABRIEL
hola keria saber si el que da los $400 es el gobierno o el empleador.y no nos dan???nadie sabra si no van comercio por comercio.saludos