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Vence plazo para la presentación de Ganancias y Bienes Personales

El día 30 de junio vence el plazo para que los contribuyentes inscriptos en los Impuestos Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales realicen su presentación ante la AFIP. El original vencimiento de dichos impuestos fue en el mes de abril o mayo pero la AFIP, extendió el plazo para la presentación debido al cambio de aplicativo, para tener mas tiempo de preparar la correspondiente Declaración Jurada Esquema de Vencimientos: Personas Físicas domiciliadas en el país con ingresos provenientes exclusivamente de su trabajo en relación de dependencia, jubilaciones o pensiones, deberán responder a las siguientes condiciones: Terminación de CUIT Presentación y Pago de corresponder Generación de la DDJJ Todas 30/06/2008 Aplicativo: Ganancias Personas Físicas Bienes Personales Versión  9.0Servicio con «Clave Fiscal» […]

El día 30 de junio vence el plazo para que los contribuyentes inscriptos en los Impuestos Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales realicen su presentación ante la AFIP.

El original vencimiento de dichos impuestos fue en el mes de abril o mayo pero la AFIP, extendió el plazo para la presentación debido al cambio de aplicativo, para tener mas tiempo de preparar la correspondiente Declaración Jurada

Esquema de Vencimientos:

Personas Físicas domiciliadas en el país con ingresos provenientes exclusivamente de su trabajo en relación de dependencia, jubilaciones o pensiones, deberán responder a las siguientes condiciones:

Terminación de CUIT Presentación y Pago de corresponder Generación de la DDJJ
Todas 30/06/2008 Aplicativo: Ganancias Personas Físicas Bienes Personales Versión  9.0Servicio con «Clave Fiscal» «Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas» para el Impuestos a las Ganancias y «Ganancias Personas Físicas Bienes Personales Versión 9.0» para informar los Bienes Personales

También corresponde los plazos mencionados en el cuadro anterior, si conjuntamente perciben otras rentas por las que hayan adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, o resulten exentas, no alcanzadas o no computables en el Impuesto a las Ganancias.

Personas Físicas y sucesiones indivisas con domicilio en el país que no tengan participación en sociedades que cierren el ejercicio comercial en diciembre de 2007 o que, teniéndola, dicha participación consista en acciones de empresas que cotizan en bolsas o mercados de valores, el esquema a respetar es el siguiente

Terminación CUIT Ingreso Saldo DDJJ Presentación DDJJ Aplicativo para Generar DDJJ
0 – 1 Hasta 22/04/2008, inclusive 30/06/2008 «Ganancias Personas Físicas Bienes Personales Versión 9.0»
2 – 3 Hasta 23/04/2008, inclusive
4 – 5 Hasta 24/04/2008, inclusive
6 – 7 Hasta 25/04/2008, inclusive
8 – 9 Hasta 28/04/2008, inclusive

 

Personas Físicas que tengan participación en sociedades que cierren el ejercicio comercial en el diciembre -excepto aquella cuya única participación consiste en acciones de empresas que cotizan en bolsas o mercados de valores-, el esquema es el siguiente

Terminación CUIT Ingreso Saldo DDJJ Presentación DDJJ Aplicativo para Generar DDJJ
0 – 1 Hasta 13/05/2008, inclusive 30/06/2008 «Ganancias Personas Físicas Bienes Personales Versión 9.0»
2 – 3 Hasta 14/05/2008, inclusive
4 – 5 Hasta 15/05/2008, inclusive
6 – 7 Hasta 16/05/2008, inclusive
8 – 9 Hasta 19/05/2008, inclusive

La Administración Federal de ingresos Públicos, AFIP, apunta que todos los contribuyentes cumplan en tiempo y forma con sus obligaciones fiscales

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