A partir de septiembre de 2017, por disposición del Gobierno a través de la Resolución 40691-E/2017 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, las aseguradoras tendrán la obligatoriedad de informar sobre el grabado de autopartes en las jurisdicciones en las cuales el requisito esté vigente con el fin de evitar la venta de piezas robadas en el mercado negro.
En el frente de la póliza, las aseguradoras deberán incluir la leyenda que diga que «El vehículo asegurado deberá contar con el respectivo grabado indeleble del dominio en determinadas partes de la carrocería conforme lo disponga la normativa de aquellas jurisdicciones en las que el mismo es obligatorio».
Actualmente, el grabado de autopartes es una herramienta que forma parte de las políticas de seguridad pública que está vigente en la Ciudad de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires, Córdoba y Mendoza. En estas jurisdicciones se identifican con el domino las puertas, baúl y capot, teniendo como objetivo que se roben para ser vendidas en el mercado negro.
Cabe señalar que la ley establece que se pueden vender autopartes grabadas de otros vehículos siempre y cuando los vehículos hayan sido dados de baja por siniestros considerados de destrucción total. Pueden acceder a estas piezas aquellos inscriptos en el Registro Único de Desarmadores de Automotores y Actividades Conexas o en los Registros de Verificación de Autopartes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Provincia, o aquellos creados con este fin en las distintas jurisdicciones.
Recordemos que el grabado de piezas se realiza una sola vez, salvo que alguna de las piezas marcadas haya resultado afectada en un accidente. Esta grabación se hace sin cargo para el usuario.
Para realizar el grabado de autopartes en la Ciudad de Buenos Aires se puede solicitar un turno a través de la línea 147 o en la página del Gobierno Porteño y en la Provincia, llamando al número 0800-444-0018.
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