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AFIP: Suspensión de Constancia de Opción Monotributo

Mirá los casos en los cuales AFIP realiza la suspensión de Constancia de Opción Monotributo y cómo solucionar el problema.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó este mes la opción «Mis Desvíos» para que los monotributistas tengan la oportunidad de visualizar las inconsistencias detectadas para regularizarlas. Además, el organismo recaudador a cargo de Alberto Abad recordó los casos en los cuales efectúa la suspensión de la Constancia de Opción Monotributo.

El artículo 11 de la Resolución General 3990-E, que reglamenta la Ley 27346, estipula que se procede a la suspensión temporal de la Constancia de Opción Monotributo a aquellos Pequeños Contribuyentes que no hayan cumplido con los pagos, emitido facturas electrónicas, hayan declarado el Domicilio Fiscal Electrónico o la recatgeorización cuatrimestral obligatoria.

La suspensión de la constancia de inscripción al Monotributo se mantiene hasta que el Pequeño Contribuyente regularice su situación y, en caso de corresponder, cumpla con el pago de la multa.

Aquellas personas interesadas en verificar las inconsistencias detectadas por AFIP deben acceder al sitio del organismo o a la aplicación «Mi Monotributo» para dispositivos móviles con su CUIT y Clave Fiscal. Las mismas se encuentran dentro del servicio «Mis Desvíos», el cual no se habilita a aquellos que no tengan ninguna advertencia.

Recordemos que es obligatoria la realización de la recategorización cuatrimestral aún cuando se mantenga la misma categoría, en cuyo caso se tendrán que confirmar los datos declarados desde el 1ero al 20 de septiembre de 2017. El vencimiento para confirmar la categoría vigente es el siguiente:

Categoría Vencimiento
F, G, H, I, J y K 20 de septiembre de 2017.
D y E 20 de octubre de 2017.
B y C 20 de noviembre de 2017.
A 20 de diciembre de 2017.

La recategorización del Monotributo debe ser efectuada dentro de la opción «Mi Categoría» del micrositio de AFIP dedicado al RS.

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