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Bancos pueden recibir Declaraciones Juradas de Impuestos voluntariamente

Bancos pueden recibir Declaraciones Juradas de Impuestos voluntariamente siempre y cuando se deje constancia de que se entregó de manera voluntaria.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) emitió la Comunicación B 11587 para confirmar que los bancos no pueden exigir Declaraciones Juradas de Impuestos a sus clientes tal como lo estableció la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Sin embargo, las entidades financieras pueden recibir dicha documentación cuando el cliente la presente de forma voluntaria.

El BCRA recordó a los bancos que no es indispensable tomar en cuenta aspectos tributarios de los clientes determinar un nivel de riesgo o confeccionar su perfil transaccional por lo cual no se debe requerir a presentación de Declaraciones Juradas de Impuestos. En caso de solicitar dicha documentación, las entidades pueden ser pasibles de multas por violación del secreto fiscal.

Dicha prohibición a las entidades financieras fue establecida por AFIP mediante la Resolución General 3952/2016.

A pesar de ello, el Banco Central indica que los contribuyentes pueden presentar las DDJJ Impositivas de manera voluntaria siempre y cuando dejen constancia de forma expresa que su entrega de hace por propia voluntad ajena a todo requerimiento del banco. Obviamente, en dicho caso se tienen que tomar todas las medidas necesarias para evitar la eventual defunción de la información, dado que la misma es confidencial.

Anteriormente era muy habitual que los bancos soliciten Declaraciones Juradas a sus clientes para efectuar un control crediticio y/o de lavado de dinero. Sin embargo, el Fisco Nacional decidió prohibir dicho requerimiento a las entidades financieras para garantizar la seguirdad de los contribuyentes tras el blanqueo de capitales.

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