El Gobierno Nacional, por medio de la publicación del Decreto 923-17 en el Boletín Oficial, ha establecido los nuevos Feriados Puente 2018 – 2019 tal como lo establece el Artículo 7 de la Ley 27.399 sancionada este año por el Congreso. Los días no laborables para fomentar el turismo en Argentina del año que viene serán el 30 de abril, 24 y 31 de diciembre; y los de 2019 serán el 8 de julio, 19 de agosto y 14 de octubre.
La normativa indica que los Feriados Puente Turísticos deben ser definidos por el Poder Ejecutivo con una antelación no menor a 50 días de la finalización del año calendario. Dicho plazo vencía el día de mañana.
El Jede de Estado puede establecer hasta tres feriados puente al año. Los mismos deben ser un lunes previo o viernes posterior a un feriado que caiga un martes o jueves, respectivamente.
Según lo establece el decreto firmado por el Presidente Mauricio Macri y el Ministro de Turismo, Gustavo Santos, los nuevos días no laborables de los próximos dos años serán los siguientes:
- 2018:
- Lunes 30 de abril.
- Lunes 24 de diciembre.
- Lunes 31 de diciembre.
- 2019:
- Lunes 8 de julio.
- Lunes 19 de agosto.
- Lunes 14 de octubre.
Es importante aclarar que los días no laborables con fines turísticos no son lo mismo que los feriados puente. Éstos son optativos y quedan a la voluntad del empleador si su personal se toma el día libre.
Por otro lado, la Ley establece que los feriados nacionales trasladables con fechas que coincidan en martes y miércoles se trasladarán al lunes anterior; y los que coincidan con jueves y viernes al lunes posterior.
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