Según la resolución General Nº 2466 la AFIP amplio los plazos procedimentales, días hábiles administrativos comprendidos entre el día 21 de julio y el 1ro. de Agosto de 2008 debido a la feria judicial de invierno.
Tener en cuenta:
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Los plazos para la contestación de requerimientos, citaciones y/o actuaciones administrativas notificados durante dicho período, comenzarán a correr a partir del primer día hábil administrativo inmediato siguiente a la finalización del mismo.
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Lo indicado precedentemente no obsta el ejercicio de las facultades de contralor de este organismo durante el mencionado período.
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