El Ministerio de Salud mediante el Decreto Nº 330/2010 ya publicado en el Boletín Oficial, aumentó casi un 30% el valor mínimo garantizado que deben recibir las obras sociales nacionales desde el 1º de enero de 2010.- por lo que será aplicado en forma retroactiva al mes anterior. Dichos valores ya llevaban un año sin ajustes y varían de acuerdo al sexo, riesgo medico y edad de los afiliados, comenzando a aplicarse a partir de los menores e incrementándose paulatinamente.
En los menores de 14 años el incremento fue de $28.- a $36.-, entre 15 y 49 años, de $44.- a $57.- para los varones y de $52.- a $57.- para las mujeres, afiliados entre 50 y 64 años de $52.- a $67.- ambos sexos, y cuando superan los 65 años de edad, subió de $114.50 a $148.-
Grupo por Edad | Valor Asignado | |
Edad | Femenino | Masculino |
0 a 14 años | $ 36.- | $ 36.- |
15 a 49 años | $ 67.- | $ 57.- |
50 a 64 años | $ 67.- | $ 67.- |
Más de 65 años | $ 148.- | $ 148.- |
Fuente Boletín Oficial |
El Decreto establece el monto del haber mínimo para el cálculo de los aportes y contribuciones previstos en el Régimen Nacional de Obras Sociales para los trabajadores a tiempo completo, el cual
«será equivalente a dos bases mínimas previstas por el artículo 7 de la resolución 135/2009 emitida por la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, o la que en el futuro la reemplace».
Las disposiciones del decreto serán de aplicación para el cálculo de los aportes y contribuciones y la distribución automática correspondiente a enero del corriente año.
Fuente: Infobae Profesional.
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Entonces que ocurre con el empleado que percibe una remuneración bruta inferior a $ 1.900 (aporte $57, quien se hace cargo de la diferencia ?
Tienen invertido los valores entre 15 y 49 años Masc: 57, Fem: 67
Julio Baranda Ruales
Muchas gracias, ya lo arreglo