La Administración federal de Ingresos Públicos, AFIP, recuerda que el 8 de septiembre vence el plazo para que los Monotributistas realicen la recategroización que corresponde al segundo cuatrimestre del año 2008.
Los contribuyentes Monotributistas deberán calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante el periodo mayo a agosto de 2008 y en algunos casos, la superficie afectada a la actividad.
Si algunos de esos paramentos fuesen superiores o inferiores a los delimitados para su categoría actual, se deben recategorizar. Si no registra ningún cambio, la categoría sigue siendo la misma, no deben realizar ningún trámite.
La AFIP, en su pagina cuenta con un servicio denominado «Mi orientación» mediante el cual los contribuyentes cargando los datos solicitados por el servicio, encontraran una guía que le servirá de ayuda para realizar la recategorización.
Para recategorizarse se debe ingresar a la página de la AFIP www.afip.gov.ar, con clave fiscal servicio Monotributo.
Si el contribuyente se recategoriza o sea cambia de categoría el pago con la modificación de la misma se debe realizar desde el mes de Octubre de 2008
22/08/2008 Infobae Profesional
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