El Gobierno Bonaerense realizó una serie de adecuaciones a fines del año pasado y comienzos de este en el Código Fiscal. Como parte de ello es obligatoria la inscripción de cooperativas en Ingresos Brutos en caso de que éstas lleven adelante actividades onerosas en la jurisdicción de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA). Al igual que el resto de los contribuyentes, deben cumplir con la presentación de las Declaraciones Juradas (DDJJ) mensuales, anuales e informativas que solicite el organismo recaudador.
Una vez que se cumple con la inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, las cooperativas pueden solicitar las exenciones previstas en la ley.
Los cambios en el Código Fiscal que realizó la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires se centran en el tratamiento que se debe llevar en lo referente al mencionado tributo en las actividades llevadas adelante por los asociados de una cooperativa. De ahora en más, las mismas pasaron de no estar alcanzadas por el impuesto a ser exentas debiendo tener que tramitar su inscripción e posterior exención en el impuesto.
Con esta medida, todas las cooperativas deben estar inscriptas y no sólo algunas como ocurría anteriormente, como es el caso de las cooperativas de trabajo ahora no tendrán que hacer ningún trámite.
Cabe señalar que la exención del tributo para los asociados es solamente para las actividades expresamente previstas en el estatuto y que resulten conducentes a la realización del objeto social y hasta los importes relativos a los servicios prestados, el resto no están exentas.
¿Cómo inscribir una cooperativa en Ingresos Brutos?
Si la cooperativa solamente realiza actividades en territorio bonaerense la inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos debe hacerse desde la página de ARBA dentro del plazo estipulado. Si vence el plazo, el trámite se tiene que efectuar presencialmente en el municipio que corresponda al domicilio de la entidad.
En caso de llevar adelante actividades económicas en más de una jurisdicción tendrá que anotarse en el Convenio Multilateral desde el Sistema Padrón Web.
Solicitud de exención de Ingresos Brutos
Apenas se cumple con la inscripción es necesario solicitar la exención en el impuesto. El trámite tiene que iniciarse desde la página oficial de ARBA y ser continuado en el Punto ARBA correspondiente al distrito de radicación por un representante legal de la entidad con la documentación respaldatoria.