De acuerdo a Infobae Profesional que tuvo acceso al texto del borrador del proyecto de Ley que enviara al Congreso Nacional la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, en los próximos días y que modificará el Impuesto a las Ganancias, conozca las claves y detalles del nuevo esquema de tributación que tendrán que respetar los empleados y empleadores durante el año 2010. Sepa cuánto deberá pagar a partir de este año.
En la actualidad un trabajador en relación de dependencia soltero comenzaba la retención, su empleador a partir de un sueldo de $ 4.015.- con la nueva iniciativa se apunta a elevar dicho piso a $ 5.000.-
En el caso de un trabajador dependiente casado y con dos hijos se retiene a partir de un sueldo de $ 5.554.- y pasaría a $ 6.846.-
Además, complementariamente se equiparará, algo que desde le Consejo Profesional vienen pidiendo desde hace un tiempo, acusando de discriminación, a los trabajadores autónomos con los asalariados.
Actualmente los trabajadores independientes pueden deducir solamente $9.000.- mientras que los dependientes $43.200.- Será equiparada la Deducción Especial para ambos en $50.000.-
Se establecerá una alícuota especial en Ganancias que alcanzará a los dividendos distribuidos por las empresas que hasta el momento se encuentran exentos.
Las pequeñas y medianas empresas, Pymes, se encontrarán establecidas con un régimen especial podrán tributar con una tasa en reemplazo de la actual de 35% con un 25%, de aprobarse el proyecto.
Otro cambio importante del proyecto es el que se refiere a un aumento de la alícuota en el impuesto a los trabajadores que ganen: solteros y sin hijos $14.230 netos por mes ó casados y con dos hijos $ 16.076.- netos por mes, en reemplazo de la alícuota del 35% deberán soportar un 40%.
El articulo 1º) del ante proyecto propone actualizar las deducciones personales:
Montos de las deducciones del articulo 23 Ley Impuesto a las Ganancias para empleados en relación de dependencia |
||
Montos anuales | ||
Montos Actuales |
Proyecto Ley 2010 |
|
Mínimo no imponible | $ 9.000.- | $ 15.000.- |
Cónyuge | $ 10.000.- | $ 12.000.- |
Por cada hijo | $ 5.000.- | $ 6.000.- |
Por cada otras Cargas | $ 3.750.- | $ 4.500.- |
Como argumento se fundamenta en que
“en la medida en que la inflación ha sido una realidad en la Argentina de los últimos años, urge la necesidad de establecer aumentos en los mínimos no imponibles para que Ganancias siga siendo un tributo que grave exclusivamente utilidades y no ingresos provenientes de los sectores de bajos ingresos”.
Artículo 2º) Establece una leve modificación en el esquema progresivo de alícuotas del impuesto:
Renta Neta Imponible Acumulada |
Pagarán | |||
Más de $ | $ | $ | Más el % | Sobre el Excedente de $ |
0 | 10.000.- | 0 | 9 | |
10.000 | 20.000.- | 900.- | 14 | 10.000.- |
20.000.- | 30.000.- | 2.300.- | 19 | 20.000.- |
30.000.- | 60.000.- | 4.200.- | 23 | 30.000.- |
60.000.- | 90.000.- | 11.100.- | 27 | 60.000.- |
90.000.- | 120.000.- | 19.200.- | 31 | 90.000.- |
120.000.- | En adelante | 28.500.- | 40 | 120.000.- |
- Trabajadores Solteros que ganen un sueldo neto de más de $14.230.- al mes.
- Trabajadores casados con dos hijos que ganen un sueldo neto de más de $16.076.-
Deberán soportar una alícuota del 40%
“El aumento de la tasa para la última franja de ingresos, puede ser asumido pues se trata de los sectores de más altos ingresos, que a su vez son los que, deducciones mediante, más dinero reciben del Estado en términos absolutos”.
Reafirmando la idea sostiene que:
“la tributación sobre las ganancias de personas físicas de altos ingresos no tiene efectos regresivos sobre el nivel de actividad ni lesiona en modo alguno los indicadores sociales básicos de la población argentina”.
Lo que es una verdadera sorpresa en la iniciativa es la distribución de dividendos en las empresas que por el momento se encuentran exentos del gravamen se les aplicará una alícuota especial en Ganancias. Equivale a aplicar una doble imposición ya que cuando las empresas distribuyen los dividendos estos son la ganancia de las empresas descontado el impuesto que pagaron las compañías. el proyecto explica que:
“Sin embargo, si se aumenta la alícuota máxima de personas físicas, para que el accionista pague también 40% se debe aplicar un impuesto del 7,7% a los dividendos”.
“De esta manera, se establece una discriminación entre las ganancias retenidas y las utilidades distribuidas. Se genera un incentivo a la reinversión de las utilidades, contribuyendo favorablemente a la actividad económica y el empleo”.
El proyecto prevé un beneficio para pequeñas y medianas empresas, Pymes, que será bien recibido por los empresarios y consiste en reducir la tasa del 35% a un 25%, para estas empresas.
“las grandes empresas suelen tener ventajas de escala sobre las pequeñas, lo que inhibe a estas últimas a competir en mercados dominados por las primeras”.
Con esta reducción de tasa desde el fisco se apunta a evitar algo muy común en los dueños de las pequeñas empresas que se categorizan como personas físicas y no jurídicas.
Guillermo Fernández y Marcelo Domínguez, coordinadores de la Comisión Tributaria de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, FACPCE, realizaron un esquema en donde se señala la alícuota que deberán soportar los trabajadores en relación de dependencia, según su sueldo neto mensual:
Proyecto de Ley año 2010 Impacto en Ganancias | |
Trabajador Soltero | |
Ingresos Mensuales Netos (Incluido SAC proporcional) | Alícuota Aplicable |
Hasta $5.000.- | No alcanzado |
Entre $5.001.- y $ 5.770.- | 9 % |
Entre $ 5.771.- y $ 6.540.- | 14 % |
Entre $ 6.541.- y $ 7.310.- | 19 % |
Entre $ 7.311.- y $ 9.620.- | 23 % |
Entre $ 9.621.- y $ 11.920.- | 27 % |
Entre $ 11.921.- y $ 14.230.- | 31 % |
Desde $ 14.230.- | 40 % |
Proyecto de Ley año 2010 Impacto en Ganancias | |
Trabajador Casado con dos hijos | |
Ingresos Mensuales Netos (Incluido SAC proporcional) | Alícuota Aplicable |
Hasta $ 6.846.- | No alcanzado |
Entre $6.847.- y $ 7.616.- | 9 % |
Entre $ 7.617.- y $ 8.386.- | 14 % |
Entre $ 8.387.- y $ 9.156.- | 19 % |
Entre $ 9.157.- y $ 11.466.- | 23 % |
Entre $ 11.467.- y $ 13.766.- | 27 % |
Entre $ 13.767.- y $ 16.076.- | 31 % |
Desde $ 16.077.- | 40 % |
Con las alícuotas anteriormente mencionadas:
- Trabajador soltero que gana $7.000 netos al mes tendría que pagar $6.224 anuales en Ganancias. De aprobarse la reforma, la retención disminuiría a $3.440. Por lo que contaría con $ 2.784 menos anuales extras.
- Trabajador casado con dos hijos que perciba un sueldo de $8.000 netos mensuales pasaría de cancelar $2.132 a ingresar sólo $180.- Por lo que contaría con $1.952.-
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