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AFIP: Más control a los Monotributistas deberán Presentar Declaración Jurada

El día 7 de mayo de 2010 se debe realizar el Reempadronamiento del Monotributo donde se va utilizar los parámetros establecidos en el nuevo régimen para los pequeños contribuyentes establecidos a partir de enero de este año por la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, y además, se pondrá en marcha un mayor control que recaerá sobre los Monotributistas, definiendo el alcance del nuevo régimen informativo, donde se aplicaran, de corresponder,  las retenciones. La AFIP a partir de mayo comienza con una lupa a controlar más de cerca a los Monotributistas, estos, deberán obligatoriamente al finalizar el cuatrimestre presentar una declaración jurada donde deberán informar, datos referidos a la energía eléctrica consumida y a los alquileres cancelados durante el período. […]

El día 7 de mayo de 2010 se debe realizar el Reempadronamiento del Monotributo donde se va utilizar los parámetros establecidos en el nuevo régimen para los pequeños contribuyentes establecidos a partir de enero de este año por la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, y además, se pondrá en marcha un mayor control que recaerá sobre los Monotributistas, definiendo el alcance del nuevo régimen informativo, donde se aplicaran, de corresponder,  las retenciones.

La AFIP a partir de mayo comienza con una lupa a controlar más de cerca a los Monotributistas, estos, deberán obligatoriamente al finalizar el cuatrimestre presentar una declaración jurada donde deberán informar, datos referidos a la energía eléctrica consumida y a los alquileres cancelados durante el período. Debido a que los parámetros determinan el monto que se debe abonar mensualmente.

Complementariamente a partir de mayo, también comienzan las retenciones, que sufrirán aquellos pequeños contribuyentes que se excedan el límite máximo de facturación, en los Impuestos al Valor Agregado, IVA y Ganancias.

Los contribuyentes adheridos al régimen simplificado o Monotributo a partir el mes de mayo de 2010 y cada vez que vence el cuatrimestre calendario, deberán presentar a la AFIP una Declaración Jurada que entre otras cosas, cargarán la siguiente información:

  • Consumo de Energía Eléctrica: Número de Medidor y denominación del prestador del servicio.
  • Local o Establecimiento que se encuentra Afectado a su Actividad: Los datos del propietario, y la nomenclatura catastral del inmueble afectada a su actividad.

Esta Declaración Jurada será independiente de la obligación de la recategorización que la del primer cuatrimestre vence el día 7 de mayo de 2010.

Flavia Melzi, vicepresidenta del Consejo Profesional de Ciencias Económicas Porteño, CPCECABA, al ser consultada sobre el tema, precisó que:

  • “el nuevo régimen apunta a un mayor de la información relevante para el encuadramiento de los pequeños contribuyentes en las diversas categorías del Monotributo, o su eventual exclusión”.
  • “de acuerdo a los datos requeridos, ante una fiscalización el organismo de recaudación podrá contar con información extra para un eventual cruzamiento, o realizar un pedido de datos a terceros, como pueden ser la empresa proveedora del servicio eléctrico o el locador del inmueble”.
  • “puede ser una herramienta útil para luchar contra la evasión”.
  • “su implementación no debería representar una carga administrativa de difícil cumplimiento para los actores económicos que se ubican en las categorías más bajas”.

Según lo publicado por infobae Profesional por la información en una primera etapa de implementación la normativa solamente obligaría a las empresas y particulares que se encuentran dentro del Monotributo en sus categorías más altas.

Infobae Profesional

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