La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, se encuentra preparando el terreno para determinar cuánto es el Impuesto al Valor Agregado, IVA, que pagará cada contribuyente. Mediante la Resolución General Nº 2.855, ya publicada en el Boletín Oficial, estableció un sistema para que al momento de confeccionar los comprobantes virtuales se deberían detallar los bienes y servicios vendidos adjudicando a cada producto “un código numérico, estandarizado y unívoco”.
Desde la AFIP se obliga a que cada producto o servicio que se venda deberá tener adjudicado “un código numérico, estandarizado y unívoco”. Según los especialistas se trata del primer paso para la puesta en marcha de la liquidación proforma del impuesto.
Sin previo anuncio y por medio de una pequeña modificación en le régimen de las facturas electrónicas la AFIP, según información brindada por Infobae Profesional que coinciden en asegurar los tributaristas , se trata de la implementación del mecanismo que calculará cuánto IVA deberá pagar mensualmente cada contribuyente.
Guillermo Fernández, consultor tributario, luego de conocida la normativa aseguró que:
- “apuntas a tener un control online de la facturación de cada contribuyente”.
- “la AFIP estará en condiciones de confeccionar la liquidación proforma del IVA”.
Esto equivale a que será la AFIP, la que le dirá a cada contribuyente cuanto será lo que debe pagar por IVA al mes. Agregando el tributarista que:
- “Obviamente la liquidación online efectuada por la AFIP estará sujeta a la aprobación de cada contribuyente”
Ejemplificando lo dicho, Fernández detalló que ya la AFIP se encuentra realizando la liquidación de cargas sociales para un sector de los empleadores.
Flavia Melzi, consultora tributaria y Vicepresidenta II del CPCECABA, agregó que:
- “la nueva reglamentación “apunta a potenciar las fiscalizaciones a futuro”.
- “Se va a poder controlar -de manera online- las compras, ventas e inventarios de los contribuyentes”.
- “la implementación debería ser paulatina para así evitar una sobrecarga administrativa”.
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Se puede cnacelar deuda de cargas sociales con el cradito fiscal del IVA