La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) recuerda que los trabajadores de temporada ahora pueden cobrar Asignaciones Familiares (AAFF) todo el año. Para que así sea, el empleado no necesita efectuar ningún tipo de trámite mensual, sólo tener sus datos y los de su grupo familiar registrados y actualizados en la base del organismo previsional y verificar que su empleador lo tenga registrado como «con reserva de puesto».
El cobro del beneficio corresponde a todos los empelados en relación de dependencia comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013.
Los trabajadores eventuales y de temporada cobran las mismas AAFF que los permanentes por el Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF), cuyos montos fueron actualizados este mes y pueden ser consultados ingresando AQUÍ. Por lo cual cobran asignación por hijo, por hijo discapacitado, por matrimonio, por nacimiento, por adopción, prenatal y ayuda escolar anual.
Ellos perciben el beneficio al 100%. No se les aplican retenciones contrariamente a lo que ocurre con la Asignación Universal por Hijo (AUH) y por Embarazo para la Protección Social.
Requisitos de Asignaciones Familiares para Trabajadores de Temporada
- Registrar sus datos personales y los de todos los miembros que integran su familia en la base de ANSES. El trámite se realiza por única vez en cualquier oficina del organismo previsional con la documentación que acredita el vínculo familiar.
- El empleador debe tener al asalariado registrado como trabajador por temporada con reserva de puesto.
Por otro lado, se recuerda que los trabajadores eventuales y de temporada también tienen derecho al cobro del Fondo de Desempleo. El requisito para cobrar dicha prestación haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año antes de la desvinculación laboral.