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AFIP permite incluir intereses en plan de pagos permanente de hasta 12 cuotas

AFIP permite incluir deudas generadas por intereses en plan de pagos permanente de hasta 12 cuotas.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha habilitado la inclusión de deudas generadas por intereses resarcitorios, punitorios y capitalizables al plan de pagos permanente. De esta forma los contribuyentes podrán regularizar los mismos en hasta 12 cuotas. Además, el régimen permite incluir anticipos, pagos a cuenta y retenciones y percepciones impositivas.

El nuevo plan de pagos de hasta 12 cuotas cuenta con una tasa de interés especial del 3% para las pequeñas y medianas empresas (PyMEs). Para el resto de los contribuyentes el financiamiento es con la tasa del Banco Nación más el 4%.

De acuerdo a lo informado por el organismo recaudador, la deuda debe ser cargada de manera manual en el sistema Mis Facilidades utilizando la Clave Fiscal.

Para efectuar la adhesión al régimen, el contribuyente debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Haber constituido su domicilio fiscala electrónico. Al hacerlo es necesario informar una dirección de e-mail y número de teléfono de contacto.
  • Haber cumplido con la presentación de las declaraciones juradas determinativas de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social del período fiscal.
  • Dentro del servicio online «Declaración de CBU», es necesario haber declarado la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la caja de ahorro o cuenta corriente en la cual se desea que se debiten las cuotas.

Cabe señalar que este plan de facilidades de pago fue creado por medio de la Resolución General 4590 que se publicó el día de la fecha en el Boletín Oficial. El mismo entra en vigencia mañana, martes 1° de octubre de 2019.

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