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Congelamiento a jubilaciones de privilegio

Congelamiento a jubilaciones de privilegio aplicado por decreto y contribución especial del 21% a las mismas con 7% extras a los haberes mayores.

Esta tarde, el Presidente Alberto Fernández convocará a la comisión encargada de definir un nuevo régimen de movilidad previsional. Además, el Jefe de Estado planea firmar un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que aplicará un congelamiento a las jubilaciones de privilegio de jueces y embajadores. En la normativa también se establecerá una contribución especial del 21% y un aporte extraordinario de 7% extras para aquellos que perciben un haber mensual mayor a 100.000 pesos.

Con el congelamiento y la contribución a las jubilaciones de privilegio, se planea recaudar unos 2 mil 700 millones de pesos.

Con la sanción de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, el Gobierno de Alberto Fernández congeló los aumentos por movilidad por el plazo de 180 días.. En tiempo tiempo se modificará la fórmula de cálculo aplicada por Anses para la actualización de jubilaciones, pensiones y asignaciones familiares.

A lo largo de una entrevista a Canal 9, el presidente recalcó que el sistema jubilatorio argentino es muy confuso e indicó que algunos regímenes especiales son un verdadero privilegio haciendo referencia al que comprende a jueces y diplomáticos. Aparte, él comentó que envió un proyecto de ley para que esto cambie, lo cual aclaró que no es en contra de nadie en particular sino en búsqueda de un equilibrio y orden.

Por su parte, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, indicó que el Poder Judicial u los diplomáticos son los que tienen las jubilaciones más altas del país por lo que el actual Gobierno desea que se discutan. «Los que tienen más, tienen que ayudar al resto», comentó.

Este fin de semana, Alberto Fernández prorrogó la convocatoria a sesiones extraordinarias del Congreso hasta el 29 de febrero de 2020 por medio de la publicación del Decreto 56. Además ha incluido la iniciativa que propone modificar la Ley 18.464 de jubilaciones y retiros para magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la Nación y la Ley 22.731 del régimen jubilatorio específico para el personal del servicio exterior de la Nación.

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