Se ha realizado la presentación de un proyecto de ley para que se incorpore una tercera opción registral de la categoría sexo/género en el Documento Nacional de Identidad (DNI). La finalidad de esta iniciativa es reconocer el derecho a la autopercepción de género. En caso de recibir sanción, la misma podrá ser utilizada por aquellas personas que no se representan como femenino o masculino.
El proyecto de ley impulsado por diputados nacionales de Juntos por el Cambio (JxC) establece que la la autoridad de aplicación será la encargada de determinar la forma final de inscripción literal en el DNI.
La iniciativa fue impulsada por diputada nacional Josefina Mendoza y cuenta con las adhesiones de sus pares Adriana Cáceres, Camila Crescimbeni, Claudia Najul, Karina Banfi y Maximiliano Ferraro.
En los fundamentos se recalca que muchos países han efectuado la incorporación de una categoría similar en sus documentos. Este es el caso de Alemania (2018), Australia (2014), Nepal (2007), Dinamarca, Malta, Nueva Zelanda y Pakistán (2009). También lo han hecho los estados de California, Oregón, Montana y Nueva York de los Estados Unidos.
En 2018, en la provincia de Mendoza, la Justicia ha permitido a una persona tener sexo indefinido en su partida de nacimiento y DNI. El mismo fue celebrado por la impulsora del proyecto, quien recalcó que dejó al descubierto la importancia de saldar este vacío legal.
En el texto se asegura que los argentinos intersexuales que no se auto-perciben como hombre ni como mujer, no son contenidos en los estándares del sistema binario de género/sexo que utiliza la legislación de Argentina.
Por otra parte, nuestra legislación tampoco contempla qué hacer ante el nacimiento de niños y niñas interersexuales en el país. Por tal razón, los padres tienen la obligación de registrarlos con el género «masculino» o «femenino».
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