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Inscripción en AFIP a ReProII y Créditos a Tasa Subsidiada

Inscripción en AFIP a ReProII y Créditos a Tasa Subsidiada del Programa ATP para el pago de sueldos.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha habilitado la inscripción al Programa de Recuperación Productiva (REPRO II) y a los Créditos con Tasa Subsidiada. La tramitación puede ser efectuada por los contribuyentes hasta el domingo 6 de diciembre de 2020. El beneficio puede ser solicitado por los empleadores registradas en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).

Los empleadores ya puede solicitar la ayuda otorgada por el Estado en el actual contexto para el pago de los salarios de noviembre.

Para efectuar la solicitud de un Crédito a Tasa Subsidiada o el RePro II, el contribuyente inscripto en el el Programa ATP tiene que ingresar a la página oficial del organismo recaudador con su Clave Fiscal.

Estos beneficios integran el programa instrumentado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) y puesto en marcha por el Gobierno de Alberto Fernández para amortiguar el impacto negativo causado por el aislamiento y el distanciamiento social, preventivo y obligatorio en la economía.

El tipo de beneficio que se puede solicitar varía de acuerdo a la actividad y a la variación nominal interanual de la facturación de cada empleador.

Quienes no desarrollan una actividad crítica y cuentan con una variación nominal negativa entre los meses de octubre de 2020 y 2019 pueden elegir entre acceder al Repro II o pedir un crédito con tasa subsidiada del 27% para el pago de las remuneraciones de sus dependientes.

Para contar con el subsidio del Repro II es necesario cargar en la página de AFIP el último balance y datos económicos sobre la empresa.

Las compañías que tienen actividades no críticas con variación nominal positiva en su facturación de hasta un 35% pueden pedir un préstamo con tasa del 33%.

Los Créditos a Tasa Subsidiada se financian a 12 meses con un período de gracia de 3 meses. En caso de cumplir con las metas de generación de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo pueden tener un reintegro total o parcial al terminar de pagar la última cuota mediante el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP).

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