Se recuerda que los trabajadores del Convenio Colectivo de Trabajo 260/75, UOMRA, con los sueldos de enero y la segunda quincena de enero de 2009 se debe cobrar los $ 200.- tercera y última cuota del Pago Extraordinario por única vez . Gratificación Extraordinaria No Remunerativa previsto en la cláusula cuarta del acuerdo salarial celebrado el 26 de mayo próximo pasado, homologado por Resolución D.R.N.T. Nro. 68 de fecha 4 de junio del 2008.
Este pago lleva los descuentos de aportes a la obra social, el empleador podrá realizar el pago compuesto por el (3%) del empleado y del (5,1%) del empleador imprimiendo la boleta de pago desde el sitio Web de la OUMRA http://www.cybermedios.com/uomboletas/ se coloca el numero de CUIT y luego la lupa y se carga la cantidad de personas que cobraron la Gratificación Extraordinaria de $200 y se imprime la boleta de pago
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Graciela..
Muchas gracias por la respuesta, pero me queda la duda y es: ¿de donde nos basamos o en que lugar dice que debe ser proporcional y no fijo? tratandose siempre de personal jornalizado.
Muchas Gracias..
Hola Claudio
Es proporcional al mes no a la quincena si trabajas 50 horas quincenales 100 horas mensuales te corresponden $100
¿la gratificaciòn de $ 200 es proporcional a las horas trabajadas en la quincena?, es decir si yo trabajo 50 hs, la gratificaciòn es proporcional a estas 50 hs ?.
Muchas Gracias