El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (METySS), por medio de la Resolución 16/2021 que se publicó el día de la fecha en el Boletín Oficial, ha establecido los requisitos para solicitar el Programa Repro II en enero de 2021. El mismo consiste en una ayuda de hasta $9000 para que los empleadores puedan efectuar el pago de los sueldos de sus trabajadores en relación de dependencia correspondientes a diciembre de 2020.
El Programa Repro II es una de las medidas puestas en marcha por el Estado para aliviar los efectos negativos de la pandemia.
En enero de 2021, el plan de aplica a las empresas del sector de salud y aquellas cuya actividad es calificada como crítica por el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) como por ejemplo: Cultural, recreativa y turismo.
El beneficio consiste en un subsidio de hasta $9000 por cada empleado de las empresas adheridas al programa. Para su otorgamiento se tendrán en cuenta diferentes indicadores económicos, financieros y laborales considerando los tres meses previos a la inscripción en comparación de los mismos del año pasado.
Para acceder al beneficio es obligatorio que se cumpla con la variación interanual de facturación requerida para cada caso y, al menos, cuatro parámetros más que se detallan a continuación.
Para empleadores de menos de 800 trabajadores
- Variación porcentual interanual de la facturación: Menor al 10%.
- Variación porcentual interanual del IVA compras: Menor al 10%.
- Endeudamiento (pasivo total / patrimonio neto): Mayor al 0,6%.
- Liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente): Menor al 1,6$%.
- Variación porcentual interanual del consumo de energía eléctrica y gasífera: Menor al 0%.
- Variación porcentual interanual de la relación entre el costo laboral total y la facturación: Mayor al 0%.
- Variación porcentual interanual de las importaciones: Menor al -20%.
Para empleadores de 800 o más trabajadores
- Variación porcentual interanual de la facturación: Menor al 5%.
- Variación porcentual interanual del IVA compras: Menor al 5%.
- Endeudamiento (pasivo total / patrimonio neto): Mayor al 0,6%.
- Liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente): Menor al 1,6%.
- Variación porcentual interanual del consumo de energía eléctrica y gasífera: Menor al 0%.
- Variación porcentual interanual de la relación entre el costo laboral total y la facturación: Mayor al 0%.
- Variación porcentual interanual de las importaciones: Menor al -30%.
Hola como es para anotarse o como es?