Graciela Domínguez

Martillero y Corredor Público. Especialista en tareas contables y liquidación de sueldos y jornales.

Nuevo proyecto para la recategorización de los monotributistas-Porcentajes del aumento

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP,  confirma que en el Congreso entrará el nuevo proyecto para la recategorización de los monotributistas, algo que se venia pidiendo desde hace mucho tiempo ya que los montos de facturación con la inflación quedaron totalmente desactualizados, los mismos se vienen manteniendo desde hace diez años.

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Modificación en los parámetros para la determinación de las cuotas del Monotributo – Nueva categorización Monotributistas

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, estima que en el plazo de una semana enviará al Congreso e proyecto para  la determinación de las cuotas del Monotributo.  Los topes de los ingresos brutos obtenidos por los contribuyentes pasara a ser para la prestación de Servicios y Locación de $72.000.- a $200.000.- y para el Resto de las Actividades de $144.000.- a $300.000.- Para la venta de bienes el precio máximo será ampliado de $870.- a $ 2.480.-Dando respuesta al pedido de actualización de los montos de facturación sin modificación por mas de diez años-  Complementariamente aumentarán, en algunos casos hasta se quintuplicaran los montos a ingresar. También se instrumentará la factura electrónica salvo para las categorías mas bajas. Pero

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Monotributistas. Prórroga del Régimen de Retención en los impuesto de Ganancias e IVA

 La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución general Nº 2.549/2009 implemento un Régimen de Retención de los Impuestos de Ganancias y al Valor Agregado, IVA, la misma será aplicable a los pagos efectuados a los  monotributistas  cuando los montos acumulados en un año superen los establecidos para dichos contribuyentes.

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Ingresos Brutos, contribuyentes bimestrales pasa a aplicativo mensual

 ARBA, dispuso mediante la normativa 128/2008 del día 30 de diciembre de 2008 que mediante las modificaciones introducidas por la Ley Nº 13.850 (articulo 182)   relativas a la liquidación y pago de los anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos se dispone que los contribuyentes ingresarán el gravamen mediante anticipos mensuales liquidados por ARBA mediante el sistema ARBAnet.   Mediante la Resolución Normativa Nº 128/08 ARBA Resuelve: Articulo 1º: Establecer que a partir del 1° de enero de 2009, todos los contribuyentes directos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que no hubieran sido incluidos en el régimen de liquidación de anticipos, conforme con lo previsto en el artículo 4° de la Resolución Normativa N° 111/08, deberán cumplir con sus obligaciones

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Retenciones a los monotributistas en los impuestos al Valor Agregado y Ganancias

 La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 2.549, publicada en le Boletín Oficial el día 6 de febrero, relativa a las Retenciones Impositivas que se le deben practicar a los monotributistas en los Impuestos al Valor Agregado y Ganancias. Establece que si bien los monotributistas quedan excluidos de los Impuestos de Valor Agregado y Ganancias, como la AFIP a detectado que contribuyentes adheridos al régimen, han realizado operaciones con un mismo sujeto o han percibido importes correspondientes a libranzas judiciales por montos que, acumulados en el período que establece la ley del gravamen para determinar la validez de su permanencia en el régimen, superan los importes máximos de ingresos brutos previstos para las Categorías «E»

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Declaración Jurada Anual ARBAnet – OTA Obligación Tributaria ARBAnet

Cuando visualizamos la Declaración Jurada Anual en la pantalla se detallan los valores  pagados en los meses del 1 al 10 del 2008. Luego del impuesto preliquidado en los meses 11 y 12 del 2008, ponen un valor OTA, Obligación Tributaria Arbanet,  luego los pagos hechos y las retenciones y/o percepciones sufridas. OTA es el valor sobre el cual ARBA calcula los anticipos. Si uno pone no confirmar, porque ese valor no coincide con el valor facturado en ese bimestre, puede modificar los datos y luego confirmar e imprimir tanto la Declaración Jurada Anual y su correspondiente presentación,  como la liquidación para pagar si el resultado da a pagar. Si el  saldo es  a favor del contribuyente, puede quedar sujeto

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Declaración jurada Ingresos Brutos ARBAnet

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, ARBA, modifico el sistema de los anticipos para los contribuyentes de régimen bimestral, el sistema ARBAnet, calcula los anticipos mensuales a pagar en cada vencimiento, los cuales son tomados como un pago a cuenta y al final del ejercicio fiscal por medio de la presentación de la Declaración Jurada Anual se pueden confirmar o modificar. La Declaración Jurada Anual se debe: Ingresar a la pagina de ARBA –  http://www.rentas.gba.gov.ar/ Sección Pestaña «Empresas» Presentación anual Visualizar la Declaración Jurada elaborada por la Agencia de Recaudación La misma podrá ser confirmada o modificada.

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Moratoria para el blanqueo de personal No registrado

Mediante la Ley Nº 26.476 de Promoción y Protección del Empleo no registrado se perdona la deuda a los empleadores hasta el décimo trabajador regularizado, se deberá mantener la nómina de trabajadores regularizados, por el término de 2 (dos) años, después de la finalización del blanqueo. En el caso de renuncia o despido de algún trabajador la Ley permite al empleador que hasta en el plazo de 90 (noventa) días pueda reincorporar otro trabajador, atención la Ley se refiere a nómina no a trabajador, o sea que lo que el empleador debe mantener es la nómina no los trabajadores. La nómina que se debe tener en cuenta es la que existía al día 30 de noviembre de 2008, con excepción

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Vencimiento Declaración Jurada Anual 2009 – Ingresos Brutos

Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, ARBA,  ya puso en su pagina el aplicativo para que los contribuyentes incluidos en el padrón de ARBAnet, puedan realizar la presentación anual de Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires, recordemos que vence entre el día 30 de marzo de 2009 y le día 8 de abril de 2009 podrá completarse por medio de www.arba.gov.ar.

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