Graciela Domínguez

Martillero y Corredor Público. Especialista en tareas contables y liquidación de sueldos y jornales.

Modificación en el Monotributo

Se venia esperando una modificación en las categorías para los monotributistas, esta en marcha, pero no la que todos los monotributistas y el consejo de Ciencias Económicas espera sino que la misma modifica los valores de las  cuotas  a pagar en las distintas categorías pero no modifica las tablas que son las usadas hace 10 años donde se encuadran las categorías y que debido a que no se produce un cambio los contribuyentes pasan a categorías mas altas e incluso muchos a ser responsable inscriptos en el sistema.

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Modificación de los topes para el descuento de los aportes y contribuciones, seguridad social y obras sociales

La AFIP mediante el decreto Nº 1448/2008 modifico los topes para calcular los aportes y las contribuciones correspondientes al Sistema Nacional de Seguro de la Salud, Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y del Sistema de Riesgos de Trabajo, previstos por las leyes Nros. 23.660, 23.661, 19.032 y 24.557  Los nuevos topes seran aplicados para  los aporte y contribuciones que se devenguen a partir del 1ª de noviembre de 2008 CAMBIO DE TOPES PARA CALCULO DE APORTES Y CONTRIBUCIONES                Antes                         A partir 1º de noviembre 2008 $ 4.800.- $ 7.800.-

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Aumentaron un 35 y 50% las asignaciones familiares

Después del encuentro entre la presidenta, Cristina Fernández de Kirchner con el secretario general de la CGT, Hugo Moyano; el jefe de Gabinete, Sergio Massa, el ministro de Trabajo, Carlos Tomada; el ministro de Economía, Carlos Fernández, y el titular de la Anses, Amado Boudou. El Gobierno anuncio el aumento en las Asignaciones Familiares de un 35% para hijos y Cónyuge y un 50% para matrimonio, nacimiento y adopción.  Estas asignaciones son cobradas por los trabajadores en relación de  dependencia; los

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Recordamos Vencimiento del CITI VENTAS, Régimen de Información de operaciones. Transferencia Electrónica de datos

Recordamos que este mes se produce la presentación de la información de operaciones de ventas, locaciones o prestaciones que se hayan realizados en el curso del 2º cuatrimestre del 2008, CITI VENTAS  El aplicativo que se debe utilizar para la presentación es el CITI ventas versión 1.0 Reléase 2, mediante transferencia electrónica de datos, utilizando el servicio «Presentación de Declaración Jurada y Pagos» al cual se accede mediante clave fiscal.   CRONOGRAMA DE VENCIMIENTOS Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento 0 – 1 18/09/2008 2 -3 19/09/2008 4 -5 22/09/2008 6 – 7 23/09/2008 8 – 9 24/09/2008

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Impuesto a las Ganancias. Trabajadores en Relación de dependencia. Mínimo no imponible Deducciones

El día 09/09/2008 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 1426/2008, que establece modificaciones en determinados montos de deducciones computables en el impuesto a las ganancias para el período fiscal 2008. Asimismo, mediante la Resolución General N° 2490 se adecuan los valores a considerar, desde el mes de Octubre de 2008, para el cálculo de las retenciones del impuesto a las ganancias aplicables a las rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones. También se establece el procedimiento a aplicar para aquellos casos en que se originen saldos a favor de los sujetos retenidos. Decreto Nº 1426/08 IMPUESTO A LAS GANANCIAS – Modifícanse los montos

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Tabla Acumulados del Impuesto a las Ganancias. Trabajadores en Relación de dependencia. Mínimo no imponible Deducciones Resolución General Nº 2.490/08

ARTICULO 1°.- Los agentes de retención alcanzados por las disposiciones establecidas en la Resolución General N° 2.437 y su complementaria, a los fines de la determinación del importe a retener correspondiente al impuesto a las ganancias, deberán utilizar la tabla que se consigna en el Anexo de la presente para los meses de octubre a diciembre de 2008 . ARTICULO 2°.- Las diferencias que, por aplicación de las modificaciones introducidas por el Decreto N° 1.426/08, pudieran surgir a favor de los sujetos pasibles de retención por las ganancias hasta el mes de septiembre de 2008 , inclusive, tendrán el siguiente tratamiento: a) Cuando el importe de la remuneración bruta acumulada al último día de dicho mes sea igual o inferior

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AFIP dispuso prorroga en la Recategorización de los monotributistas

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, extendió el plazo para efectuar la recategorización correspondiente al segundo cuatrimestre de 2008 hasta el día 12 de Septiembre de 2008 inclusive. Dicha recategorización consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante el período Septiembre de 2007 a Agosto de 2008 y, en algunos casos, la superficie afectada a la actividad. Cuando estos parámetros sean superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que actualmente se encuentra, usted deberá recategorizarse. Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma y, por lo tanto, no deberá realizar trámite alguno.

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Impuesto de Seguridad Social se amplio el plazo del vencimiento

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, dispuso mediante la Resolución General Nº 2487/08 dfel día 5 de septiembre de 2008 que las obligaciones de presentación de declaraciones juradas y, en su caso de pago, de los impuestos y recursos de la seguridad social, SUSS, formulario 931, con vencimiento fijado para el día 18 de julio de 2008, se considerarán cumplidas en término siempre que se hayan efectivizado hasta el día 21 de julio de 2008, inclusive. No será de aplicación para aquellas obligaciones que se cancelen mediante el procedimiento de débito directo en cuentas bancarias o a través de la utilización de tarjetas de crédito.

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AFIP determino que 10 profesiones deben obligatoriamente utilizar facturas electronicas

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, luego de varios cambios  oficializó la puesta en marcha de una nueva etapa en la generalización de la factura electrónica. Si bien el objetivo a largo plazo de la AFIP es la incorporación de todos los servicios profesionales, en esta etapa inicial que arranca en noviembre próximo, la obligatoriedad de emitir electrónicamente las facturas alcanza sólo a 10 profesiones, en la medida que facturen más de $300.000 al año. El comprobante virtual llega en noviembre a los profesionales, pero no a todos. En uno de los últimos retoques que el fisco incorporó a la reciente Resolución General Nº 2485

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