Aclaraciones del Impuesto a las Ganancias 4ta. categoría
La resolución general 1261/02 en su articulo 13, determinaba que el empleado, con ganancias netas superiores a $ 40.000.- anuales, debía presentar la declaración jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales, (form.762/A) y a los cinco días entregar a su empleador la copia del ticket de dicha presentación. El empleador debía a su vez, presentar a la AFIP la declaración jurada (formulario 519), que vencía el último día hábil del mes de junio de cada año, informando el incumplimiento de los trabajadores que no hubieran presentado dicho comprobante.
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