Graciela Sabio

Martillero y Corredor Público. Especialista en tareas contables y liquidación de sueldos y jornales.

AFIP nuevo aplicativo

La Resolución general Nº 2315/07 que publico la AFIP informa que fue reemplazado el programa aplicativo RÉGIMEN INFORMÁTICO DE PAGO DE EXPENSAS versión 1.0 por el de RÉGIMEN INFORMATIVO DE PAGO DE EXPENSAS Versión 2.0 con vigencia a partir del día 21/09/2007.

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Dependencia de la AFIP en la provincia de Buenos Aires

El siguiente mapa incluye la dependencia de la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) que corresponde según su domicilio fiscal. El número indicado en él corresponde al número de agencia y luego esta las direcciones de cada una, los horarios de atención por lo general son de 10 horas hasta las 16 horas.

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Liquidación del aguinaldo

El aguinaldo (SAC) es “un salario diferido”, lo que significa que devenga día a día y se abona en dos épocas del año expresamente fijadas en la Ley de Contrato de Trabajo. Originalmente consistía en un pago voluntario que los empleadores privados efectuaban a sus dependientes con motivo de las fiestas de Navidad y Año Nuevo. Su denominación de “anual” es histórica y proviene del Decreto Ley  Nº 33.302/45 que lo concibió como una remuneración de pago anual, siendo la Ley Nº 17.620/68 la que lo transformó en pago semestral.

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Decreto 1224/2007 Doble indemnización

El día 11 de septiembre se publico el decreto Nº 1224/2007 por el cual queda sin efecto la doble indemnización de los despidos sin causa justificada prevista por el art. 16 de la Ley 25.562 y su última prórroga dispuesta por el art. 4 de la Ley 25.972. eliminación del agravamiento indemnizatorio del 50% sobre el rubro indemnización  por antigüedad dispuesto por el decreto Nº 1433/05.

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Ley de Impuesto a las Ganancias

Según el artículo 19 de la Ley del impuesto a las Ganancias establece que «Cuando en un año se sufriera una pérdida, ésta podrá deducirse de las ganancias gravadas que se obtengan en los años inmediatos siguientes. Transcurridos CINCO (5) años después de aquel en que se produjo la pérdida, no podrá hacerse deducción alguna del quebranto que aún reste, en ejercicios sucesivos».

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Se libero la doble indemnización

Hoy el presidente Néstor Krichner firmo un decreto Nº 1224/2004 que libera la doble indemnización, por lo cual no corresponde duplicar la indemnización en el caso de despido sin causa justificada, que se había implantando en la época de la crisis económica en nuestro país. Si bien según la Ley ya había caído, la parte sindical con Hugo Moyano a la cabeza, se ponían a reconocerlo, así que el presidente firmo un decreto. solo falta la firma del Ministerio de Trabajo.

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