AFIP

Información y noticias sobre la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de la República Argentina.

Ganancias sociedades nuevo aplicativo

La AFIP mediante la Resolución General Nº 2432 determino que a partir de los cierres de ejercicio el mes de diciembre de 2007, todas las sociedad deben presentar las correspondientes Declaraciones Juradas del Impuesto a las Ganancias, utilizando el aplicativo nuevo Ganancias Personas Jurídicas Versión 8.0 reléase 0.  Ya se encuentra disponible el aplicativo Ganancias Personas Jurídicas versión 8.0 en la página Web de la AFIP www.afip.gov.ar, que deberá utilizarse obligatoriamente por

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Trabajadores en relación de dependencia, presentación de Declaración Jurada de Ganancias

La AFIP mediante la resolución General introdujo modificaciones relativas a las declaraciones juradas que deben presentar los trabajadores en relación de dependencia. Las modificaciones: Incremento el monto de los ingresos anuales de $ 72.000.- a $ 96.000.- a partir de los cuales los empleados en relación de dependencia deben informar los bienes al 31 de diciembre. Las obligaciones de presentación de bienes y de ingresos deben ser presentadas exclusivamente a través de Internet y mediante la utilización del programa aplicativo «Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales Versión 9.0» Habilitó servicio con calve fiscal denominado «Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas» el que puede ser utilizado en forma opcional por

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Oposición de los Corredores y Martilleros Públicos ante la AFIP

El día 2 de mayo comenzará a regir la  Resolución general Nº 2371/07 implementada por la AFIP, cuyos alcances afectan directamente a los corredores inmobiliarios al poner en cabeza de los mismos la responsabilidad de informar a la AFIP cuando un inmueble ofrecido en venta carezca del COTI.  El colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Buenos Aires planteará su oposición de hacer responsables a los profesionales de informar al ente nacional cuando el vendedor se niegue a denunciar la venta mediante el COTI. Asimismo se dispuso

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Impuesto a las Ganancias cuarta categoría, modificaciones

La AFIP mediante la Resolución General 2437/08,  reordenó las reglamentaciones vigentes en el Régimen de retención del Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría, con el fin de unificar los procedimientos en la materia: Modificaciones de la normativa: El importe d ela retención al empleado, no puede superar el 35% (monto máximo de la alícuota) del total de la remuneración en dinero, que deba percibir en el momento de practicar la retención. Para el caso de que la base de cálculo de la retención en un mes, incluya remuneraciones no habituales (SAC, bonos, etc.), se daría el caso que el monto de la retención superara el 35% de la remuneración del mes, en este caso, el empleador, ante el pago

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AFIP, nota externa, utilización servicios informáticos

Hoy la AFIP publico una nota externa Nº 7/2007 en el boletín oficial, relativa a Emergencia Agropecuaria Procedimiento en la misma se aclara que La utilización y/o interacción con los servicios informáticos de la Administración Federal de Ingresos Públicos sólo puede ser realizada por personas físicas que posean su correspondiente «Clave Fiscal» y de tratarse de personas jurídicas,

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AFIP, plan de facilidades de pago disponible

La AFIP dispuso mediante la resolución General Nº 2278 publicada el 29 de junio de 2007, implemento un régimen especial de facilidades de pago para regularizar las obligaciones impositivas de los recursos de la seguridad social y los derechos y demás tributos que graven las operaciones de exportación -sus actualizaciones, intereses y multas -, vencidas hasta el día 31 de agosto de 2005, inclusive. Características del plan de facilidades de pago:   La solicitud de adhesión al régimen se efectuará mediante transferencia electrónica de datos vía Internet a cuyos fines se utilizará el sistema informático denominado «MIS FACILIDADES», que se encuentra disponible en la página Web de la AFIP.  En caso de que la adhesión se formule por deudas aduaneras

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Presentación Ganancias trabajadores en relación de dependencia

La AFIP por medio de la Resolución General Nº 2437/08 el día 18 de abril reglamento un conjunto de disposiciones que ya fueron anunciadas Incremento de $72.000.- a $96.000.- el monto de ingreso anual a partir de los cuales los empleados quedan obligados a presentar las declaraciones juradas del Impuestos a los Bienes Personales independientemente si tiene o no que ingresar saldos. Existe un Régimen Simplificado para el Impuesto a las Ganancias destinado a

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La AFIP introdujo cambios que dificultan la liquidación de Ganancias

La AFIP lanzo un nuevo aplicativo para que las personas jurídicas liquiden Ganancias, es el  Ganancias Personas Jurídicas Versión 8.0 y deberá ser utilizado para los vencimientos que tendrán lugar del 12 y hasta el 16 de mayo, según terminación de CUIT, momento en que las empresas liquidarán el impuesto. La novedad no fue tan bien recibida por las empresas y los expertos dicen que es esperable que las organizaciones profesionales soliciten una prórroga porque los aplicativos «deberían haber estado disponibles con anterioridad» y destacaron que, «por

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