Anses

Información y consultas sobre las prestaciones de Anses, tales como AUH, asignaciones familiares del SUAF, Jubilados y pensionados, PNC y beneficios especiales.

SUAF obligaciones de los trabajadores

Los trabajadores cuyas empresas están incorporadas al SUAF, deben informar a sus empleadores todos los datos y modificaciones relacionados con el cobro de las Asignaciones Familiares, presentando en ambos lugares, ANSeS y empleador la documentación que se requiere para poder cobrar cobrar las Asignaciones Familiares ya que si bien el pago lo debe realizar el ANSeS, es el empleador el encargado de actualizar los datos vía Internet en la página de la AFIP, sistema  » Mi Simplificación – Empleadores» y también en la base de datos del ANSeS según las Resoluciones del ANSeS D.E.-N Nº 241/06, 646/06 y 314/07. Debe presentar en tiempo y forma ante las oficinas del ANSeS y de su empleador todos los Formularios y la documentación […]

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SUAF obligaciones de los empleadores

El empleador deberá ingresar a la página de ANSeS, www.anses.gov.ar periódicamente a la sección «Autopista de Servicios» «Servicios Corporativos» «Empresas incorporadas al SUAF«, cargar su CUIT y allí  obtiene la información solicitada «HABILITADO» «NO HABILITADO» si tiene dudas pueda llamar telefónicamente al número 0800-22-26737 o bien dirigirse a cualquier oficina de ANSeS Obligaciones del empleador en el momento de ser incorporado al SUAF En el plazo de 10 días hábiles debe notificarle a sus trabajadores,  las nuevas normas del Régimen de Asignaciones Familiares, bajar el  Formulario PS.2.61, “Notificación del Régimen de Asignaciones Familiares – Sistema Único de Asignaciones Familiares”, completar con los datos y hacer firmar al trabajador entregándole una copia del mismo. Cuando ingreso un nuevo trabajador a la

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SUAF, incorporación empresas año 2008

ANSeS dispuso que todas las empresas serán incorporadas al sistema  SUAF liquidar en forma directa las Asignaciones Familiares a todos los trabajadores en tres etapas. Las empresas que no están todavía incorporadas al SUAF a partir del mes de mayo deben ingresar a la pagina de ANSeS www.anses.gov.ar para consultar si han sido incorporadas o no al sistema SUAF, en la sección «Autopistas  de Servicios» «Servicios Cooperativos» «Empresas incorporadas al SUAF» si de la consulta resulta la palabra «HABILITADO» esto será motivo suficiente para darse por notificada, desde algunos de los siguientes periodos: JUNIO de 2008 : Las empresas incorporadas a partir de junio deberán cumplir con las

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SUAF, sistema unificado de Asignaciones Familiares

 El SUAF es el sistema utilizado por ANSeS para liquidar en forma directa las Asignaciones Familiares a todos los trabajadores cuya Empresa donde prestan servicios se encuentren incorporadas a dicho sistema. Las incorporación de las empresas al sistema establecidas por la Resolución D.E, N. Nº 292/2008 pueden ser: Por Inscripción en el Régimen de Empleadores ante AFIP: Empresas que se incorporan como empleadores a partir del 1º de diciembre de 2005 bajo el Régimen de la Ley Nº 24.714 son automáticamente incorporadas al sistema. Por presentación ante ANSES de una Solicitud de Reintegro por Asignaciones Familiares: Las empresas que solicitan un reintegro quedan automáticamente incorporadas al sistema, con obligación de presentar en el mismo

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Empresas incorporadas al SUAF, anexo, capitulo 1

Los trabajadores en relación de dependencia de empleadores incluidos en el SUAF, deberán presentar ante las oficinas del ANSeS, según al anexo capitulo 1 inciso 6:  Formulario “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares”: Se utilizará para la tramitación de la asignación familiar por maternidad, maternidad down y prenatal y para la designación de apoderado para percibir las asignaciones familiares. El formulario solicitando la liquidación de la asignación familiar por maternidad/ maternidad down deberá ser presentado ante ANSeS hasta el mismo día de la finalización de la licencia respectiva; si se presentara con posterioridad a la finalización de la licencia por maternidad / maternidad down no corresponderá el pago de la asignación familiar por maternidad/ maternidad down. Formulario “DDJJ

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Como se incorporan las empresas al SUAF

 A partir del mes de octubre de 2008 todas las empresas deberán incorporarse al SUAF, Sistema único de Asignaciones Familiares, deberá  ingresar a la página Web de ANSeS, «Autopista de Servicios» «Empresas incorporadas al SUAF con el número de CUIT. Si después del mes de OCTUBRE DE 2008 la empresa al realizar la consulta en la página Web del ANSeS surgiera que la empresa se encuentra como «NO HABILITADO» deberá presentar ante las oficinas del ANSeS una nota de incorporación voluntaria al SUAF COMO SE INCORPORA UNA EMPRESA AL SUAF Por solicitud voluntaria del empleador. Res.292-08 Por Inscripción en el Régimen de Empleadores ante la AFIP –c)Resoluciones ANSES D.E.-N Nº 996/05 y 1148/05-, HOY RES. 292-08 Por presentación ante ANSES

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Empresas incorporadas al SUAF

  Mediante la Resolución 292/08 ANSeS puso a disposición el sistema operativo para consultar la incorporación al SUAF, Sistema único de Asignaciones Familiares, las empresas serán  incorporadas al sistema en tres etapas, durante el corriente año, en forma escalonada en los meses de junio, agosto y octubre. Para determinar si esta o no incorporada, se debe ingresar a la página Web de ANSeS, «Autopista de Servicios» «Empresas incorporadas al SUAF con el número de CUIT. Si de la consulta efectuada surgiera que se encuentra «HABILITADO» desde alguno de los periodos detallados, dicha información recibida será suficiente para considerarse notificado de su incorporación al SUAF: JUNIO DE 2008 AGOSTO 2008 OCTUBRE de 2008

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Moratoria para acceder a la jubilación

Para acceder al beneficio de la moratoria para poder jubilarse el trámite debe realizarse mediante el sistema informático denominado Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas, SICAM, que se ingresa por medio de la página de la AFIP, en la actualidad solamente se pueden incluir periodos desde enero de 1955 hasta septiembre del año 1993, considerando que la persona haya cumplidos los 18 años de edad al momento de realizar los correspondientes a portes jubilatorios, o sea que las personas que cumplen 60 años en el año 2008 pueden justificar aportes a partir de los

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