ANSES: Jubilación Anticipada a los 55 años a Trabajadores de la Construcción
La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, necesitó hacer una salvedad a las prestaciones previsionales de los Trabajadores de la Industria de la Construcción modificando la Resolución Nº 18/09, con la Resolución Nº 37/09, por la cual se deja aclarado que si bien dichos trabajadores podrán jubilarse cuando cumplan los 55 años por la Ley Nº 26.494 pero deberán acreditar haber prestados servicios como mínimo 12 de los últimos 15 años bajo esta actividad.
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