UOM, pago extraordinario por única vez Acuerdo de fecha 26/05/2008
Recordamos que el día 26 de mayo de 2008 se firmo un acuerdo salarial para todos los trabajadores comprendidos en le Convenio de la Unión Obrera Metalúrgica, UOM, por el periodo comprendido entre abril/08 hasta marzo/09 en un 32.45% sobre los sueldos básicos del mes de marzo/08, absorbiendo o compensando hasta su concurrencia los importes otorgados por las empresas a cuenta de futuros aumentos posteriores al día 16 de octubre de 2007.-Y que con los sueldos del mes de agosto y con los de la 2da. quincena de agosto se debe pagar la primera cuota de pesos : Doscientos ($200.-) que dice el articulo CUARTO: Gratificación extraordinaria no remunerativa por única vez. Las partes
UOM, pago extraordinario por única vez Acuerdo de fecha 26/05/2008 Leer más »