Resultados de búsqueda para: Boletín Oficial

Importación Licencia Automática

Ayer se publico en el Boletín Oficial la Disposición SPGC Nº 16/08, por medio de la cual se  incorporan en el Anexo XVII del Decreto Nº 509/07, las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que comprenden a las distintas mercaderías sujetas a la tramitación de Licencias Automáticas Previas de Importación (LAPI) Subsecretaría de Política y Gestión Comercial por medio d la Disposición 16/2008 se actualizan las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.) para las importaciones.

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Reducción de Anticipos de Ganancias y Bienes Personales

 La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 2.510/08, publicada en el Boletín Oficial el día 31/10/2008,  modifica el régimen de reducción de anticipos, para su utilización se debe ingresar a la pagina de la AFIP,www.afip.gov.ar con clave fiscal utilizar el servicio  «Sistema de Cuentas Tributarias» Los pasos a seguir para ejercer la opción son los siguientes: Ingresar a la pagina de la AFIP www.afip.gov.ar Cargar el CUIT y la clave fiscal Seleccionar el servicio  «Sistema de Cuentas Tributarias» Seleccionar la opción «Transacciones», ítem «Reducción de Anticipos», indicando el impuesto, el período fiscal y la base de cálculo proyectada. Efectuar, en su caso, el pago del importe del anticipo que resulte de la estimación practicada.

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Impuesto a las Ganancias Modificación tope para empleados en Relación de dependencia 4ta. categoría.

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la resolución General Nº 2.507/08 publicada en el boletín oficial el día 20/10/2008 modifica la reglamentación vigente de Régimen de Retención en el Impuesto a las Ganancias personal en Relación de dependencia cuarta categoría, en lo referido al porcentaje limite a aplicar como tope para el calculo de la retención a descontar al trabajador mensualmente. Según la Resolución general 2.437/08 de la AFIP en su articulo 7º apartado c) que regula la determinación del importe a retener, cuyos aspectos salientes pueden resumirse de la siguiente forma:

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Seguridad Social, SIJP, Formulario 931 nueva versión y Topes aportes y contribuciones

AFIP, la Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante la resolución General Nº 2.508/08, publicada en el boletín Oficial el día 21 de octubre de 2008, aprueba la nueva versión 30 del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, SIJP, Seguridad Social, Formulario 931 que debe utilizarse a partir del periodo devengado noviembre del 2008, el mismo contempla las modificaciones en los topes establecidos por el Decreto Nº 1.448/08.

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Tabla de deducciones personales y mínimo no imponible de ganancias a partir de octubre de 2008

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante el Decreto 1.426/08 publicado en el Boletín Oficial el día 9 de septiembre de 2008, modifico el mínimo no imponible y las deducciones que debo tener en cuenta para la liquidación del impuesto a las ganancias a partir del 1º  de enero de 2008. Cuanto puedo deducir del impuesto a las ganancias? RENTA DEL TRABAJO PERSONAL – DEDUCCIONES PERMITIDAS

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AFIP, deducciones Impuesto a las Ganancias 4ta. categoría, nueva planilla Excel octubre de 2008

 Según las últimas modificaciones de la AFIP, referente a los Aumentos de las Ganancias no imponibles y de las deducciones por carga de Familia del Decreto 1.426/08 publicado en el Boletín Oficial el día 9 de septiembre de 2008, según el siguiente detalle: Montos de las deducciones del articulo 23 Ley Impuesto a las Ganancias para empleados en relación de dependencia   Montos anuales Mínimo no imponible $ 9.000.- Deducción Especial $ 43.200.- Cónyuge $ 10.000.- Por cada hijo $  5.000.- Por cada otras Cargas $ 3.750.-

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Retención del Impuesto a las Ganancias sobre rentas del trabajo personal en relación de dependencia, modificación

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 2.507/2008 publicada en el boletín oficial el día 20 de octubre de 2008, modificatoria de la RG 2.437/08, relativa al Régimen de Retención del Impuesto a las Ganancias sobre rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas. Establece una  modificación  respecto a la determinación del importe a retener, definiendo que el mismo no puede ser superior al monto que resulte de aplicar la alícuota máxima del gravamen, vigente a la fecha de retención, sobre la remuneración bruta correspondiente.

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Autónomos, procedimiento imputación de créditos por ingresos brutos

  La AFIP, mediante la Resolución General Nº 2.501 publicada en le boletín Oficial el día 6 de octubre de 2008, relativa al Régimen de trabajadores autónomos. La norma complementa a la Resolución General N° 2.217, estableciendo, con carácter excepcional, un procedimiento alternativo de presentación ante las dependencias correspondientes, de la solicitud de imputación del crédito originado por la obtención de ingresos brutos inferiores a 36 veces el valor del Módulo Previsional y la determinación de los períodos a cancelar, otorgando un plazo especial para su cumplimiento. Procedimiento para la presentación de la solicitud de imputación del crédito y determinación de los períodos a cancelar: Presentar una nota,  en los términos de la Resolución General Nº 1128, Multinota F. 206, 

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Nuevos rangos, topes y montos de las Asignaciones Familiares, a partir de Septiembre de 2008

El Decreto 1.591/2008 publicado en el boletín oficial el día 3 de octubre de 2008  incrementa las Asignaciones Familiares, modificando los rangos, topes y montos contempladas en la Ley Nº 24.714. Los trabajadores deben recibir la nueva escala con las remuneraciones del mes de septiembre de 2008. La tabla mas abajo publicada pertenece a los trabajadores en relación de dependencia y beneficiarios de la Ley de Riesgo de Trabajo. El   “Rango de Remuneración” a tener en cuenta  para la lectura de la presente tabla al monto resultante de la suma de la remuneración bruta mensual más la Asignación Familiar por Maternidad (si corresponde) excluidas las horas extras, el plus por zona desfavorable y el aguinaldo.   «Valor General» Todo el

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