Libreta de Trabajo para el personal del Servicio domestico

La libreta de trabajo de los empleados del servicio doméstico tiene el carácter de instrumento público. Todas las personas comprendidas en el régimen de esta ley deberán munirse en una libreta de trabajo, que le será expedida en forma gratuita por la oficina correspondiente del Ministerio de Trabajo y Previsión. Respecto de la adulteración, enmienda y falsificación de datos en la libreta harán pasible al empleador de las penalidades del Código Penal para los delitos de adulteración, falsificación o supresión de documentos públicos. Es un documento que sirve de prueba de la relación laboral. La libreta permanecerá en poder del empleador y será devuelta al trabajador al finalizar la relación laboral. La libreta de trabajo contendrá:

Libreta de Trabajo para el personal del Servicio domestico Leer más »