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Vencimientos CITI VENTAS

 Comienza el 19 de enero el 3er. cuatrimestre del 2008 del Régimen de información CITI VENTAS, periodo comprendido entre los meses de septiembre hasta diciembre del 2008. Este Régimen de Información es el referido a las ventas, locaciones o prestaciones realizadas en el periodo mencionado.La Declaraciones Juradas se deben confeccionar utilizando el programa aplicativo de la AFIP «CITI Ventas Versión 1.0 Release 2 y se presentan mediante transferencia electrónica de datos, vía el servicio de la pagina Web de la AFIP «Presentación de Declaraciones Juradas y Pagos» Se accede al mismo desde www.afip.gov.ar ingresar con el CUIT y Clave Fiscal.  

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Paso a paso para inscribirse como empleador

El contribuyentes que necesite incorporar personal en relación de dependencia debe: Inscribirse como empleador en la AFIP Ingresar a la página de la AFIP www.afip.gov.ar Nº CUIT con  «Clave Fiscal» Ingresar a través del servicio Administrador de relaciones. En caso que el usuario sea Administrador de relaciones de un tercero, en la siguiente pantalla deberá seleccionar para qué contribuyente desea habilitar el servicio. Seleccione la opción «Nueva relación» «Padrón Único de Contribuyentes» Desde la opción «Buscar» el sistema le permitirá elegir el servicio a habilitar. Recuerde que ciertos servicios exigen que el usuario tenga un mínimo nivel de seguridad. Seleccione la opción «Confirmar». En el campo «Representante» presione «Buscar» y luego ingrese la CUIT/CUIL/CDI del usuario a quien le delega

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Monotributista vence el plazo de la recategorización

 Recordamos que hoy 7 de enero vence el plazo para la recategorización de los Monotributistas que corresponde al tercer cuatrimestre del 2008. La recategorización consiste en que el contribuyente debe calcular los ingresos brutos obtenidos, y la energía eléctrica consumida en el periodo desde el 1º de enero de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008, o durante ese lapso los meses que se hayan inscripto en el impuesto,  y,  en ciertos casos que se haya producido una modificación también en la superficie afectada a la actividad al 31 de diciembre de 2008. Si al realizar el calculo el contribuyente observa que hubo modificaciones tanto sean superiores o inferiores a la categoría determinada con anterioridad, debe recategorirzarse. Si no

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Ganancias, como se devolverá el dinero descontado de mas por el aguinaldo, ejemplos

 La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, reglamentó la formula que permite calcular cuanto deben devolver las empresas a sus trabajadores que le descontaron de más por haber incluido en su liquidación del aguinaldo la Tablita de Machinea recientemente eliminada para el Cálculo del Impuesto a las Ganancias. pagaron el aguinaldo. Lo que implica la devolución a los trabajadores que ya cobraron el medio aguinaldo en diciembre y cuyos sueldos son altos. Empresas que ya pagaron el medio aguinaldo: Para que cualquier persona lo pueda realizar la AFIP, publico en su página Web, www.afip.gov.ar,  un simulador que permite obtener un monto aproximado de lo que van a recibir como devolución, se debe cargar el importe bruto y el importe neto

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Eliminación de la tablita de Machinea, devolución del Impuesto a las Ganancias cuarta categoría ¿como se hace?

El día 24 de diciembre se firmo la eliminación de la famosa Tablita de Machinea. Como con la eliminación de la tablita a partir del 2009 se firmo un articulo en el cual no se incluirá para los cálculos de las deducciones del Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría el aguinaldo, muchos trabajadores en relación de dependencia que las empresas ya le liquidaron el mismo, y en algunos casos no les fue pagado por la deducción, las empresas deberán pagárselos.

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Ingresos Brutos contribuyentes del Convenio Multilateral

Los contribuyentes del Impuestos a los Ingresos Brutos del Convenio Multilateral a partir del 1º de diciembre deberán registrar toas las novedades correspondientes a través de la pagina Web, que reemplaza a la operatoria del sistema que se venia utilizando con el Programa SD99 ya que este deja de tener vigencia El nuevo sistema transforma en virtuales la mayoría de los trámites, debiendo presentarse el contribuyente en los trámites de alta, modificación de razón social, domicilio fiscal, sede y cese total de actividades, cumplimentando en cada caso los requisitos aprobados por cada jurisdicción sede.

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Obligatoriedad de la inscripción en la AFIP del Servicio Domestico

Cuando el personal de Servicio Domestico se desempaña como mínimo seis (6) horas semanales desde le año 2005 es obligatoria la inclusión, inscripción en el sistema de la AFIP, Administración Federal de Ingresos Públicos, existen ventajas impositivas para quienes tienen en blanco a la trabajadora. El aporte mensual, hoy de $ 72, le permite el acceso a una obra social y el ahorro para una jubilación futura. Los beneficios del sistema tributario implican la posibilidad de deducir del monto de los ingresos de quien da empleo sujeto al impuesto a las ganancias los pagos por salarios y cargas sociales, hasta un máximo de $ 9000 por año.

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Plan de Facilidades de Pago de la AFIP, ya esta en marcha

Los Contribuyentes interesados en regularizar su situación fiscal podrán inscribirse en el nuevo Plan de facilidades de Pagos que la AFIP, puso en marcha, contemplando todo tipo de deudas, hasta 120 cuotas que se podrán pagar con una tasa del 1.5% mensual, la adhesión se realiza únicamente por Internet con clave fiscal, sin obligación de presentarse al organismo, el pago se realizará con debito bancario, automático. El plazo para inscribirse es desde el día 20/11/2008 y por ahora hasta el día  31/03/2009. El plan de facilidades de pago,  permite regularizar deudas impositivas, de los recursos de la seguridad social y las multas y recargos suplementarios por tributos aduaneros vencidos hasta el 31 de diciembre de 2007.

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AFIP, Monotributistas Recordatorio Régimen Información Actividades Económicas

 Recordamos nuevamente que hoy opera el vencimientos dispuesto por la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP,  los monotributistas que se encuentran inscriptos en las categorías mas altas como la D y la E,  deberán suministrar información sobre el tipo de actividades económicas que desarrollan. El Régimen de Información de Actividades Económicas se realiza a través de Internet los pasos a seguir por estos pequeños contribuyentes son los siguientes:  Ingresar a la página de la AFIP www.afip.gov.ar Nº CUIT con  «Clave Fiscal» Ingresar a través del servicio Administrador de relaciones. En caso que el usuario sea Administrador de relaciones de un tercero, en la siguiente pantalla deberá

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Resolución General Nº 2.518/08, Anexo I, Moratoria de la AFIP

Mediante la Resolución general Nº 2.518/08, publicada el 11 de noviembre de 2008 en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP,  estableció un nuevo  Régimen especial de Facilidades de Pago,  publicamos el Anexo I,  notas aclaratorias y citaciones legales de dicha resolución general. ANEXO I Artículo 1°: (1.1.) Implementado por la Resolución General N° 1.276 (AFIP) y Resolución General N° 8 (INARSS), sus modificatorias y complementarias. (1.2.) Dispuesto por la Resolución General N° 1.678 y sus modificaciones. (1.3.) Previsto en la Resolución General N° 1.856, sus modificatorias y complementaria.

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