Resultados de búsqueda para: www.AFIP.gov.ar

Empleados en relación de dependencia presentación Impuesto a las ganancias

Un empleado en relación de dependencia que solo tenga ingresos provenientes de su actividad en relación de dependencia deberán hacerlo con el nuevo aplicativo  «GANANCIAS PERSONAS FÍSICAS – BIENES PERSONALES – Versión 9.0», mediante transferencia electrónica de datos a través de la página de laq AFIP http://www.afip.gov.ar, cuyo vencimiento opera el día 30 de junio de 2008. TENER EN CUENTA:  

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AFIP, Reempadronamiento de autónomos, procedimiento y pasos a seguir

El procedimiento para realizar el empadronamiento de trabajadores autónomos la AFIP, lo encuentra encuadrado en la Resolución General Nº 2217/07,  articulo Nº 34 que dice: Art. 34. — El empadronamiento se efectuará únicamente mediante transferencia electrónica de datos a través de la página «Web» institucional de esta Administración Federal (http:// www.afip.gov.ar), ingresando al servicio denominado «Padrón Único de Contribuyentes» opción «Empadronamiento / , para lo cual deberá contarse con la «Clave Fiscal» otorgada por este Organismo. Una vez consignados los datos requeridos por el sistema, el mismo generará una constancia de presentación (acuse de recibo, formulario F. 940) y la credencial para el pago (formulario F. 1101 ó F. 1104, este último sólo para las amas de casa que opten

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AFIP, Ganancias cuarta categoría presentación declaración jurada

La AFIP debido a los incrementos salariales obtenidas por las paritarias, subió el importe de los sueldos de $ 6.000.- a $ 8.000.- mensuales después de los cuales los trabajadores en relación de dependencia deberán presentar las Declaraciones Juradas unificada de Ganancias y Bienes Personales. AFIP, a partir del 19 de marzo de 2008 podrá disponible en su página Web www.afip.gov.ar el aplicativo Ganancias Personas Físicas – Bienes Personales -Versión 9.0 para que los trabajadores generen las declaraciones juradas de ambos gravámenes, deberán cargar información unificada para ambos tributos. El vencimiento para la presentación es el 30 de junio si no hay impuesto a la riqueza a pagar o en abril cuando el conjunto de los bienes sea superior a

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AFIP, simplifica las liquidaciones de las cargas sociales de las Pymes

Las Pymes que registren hasta diez trabajadores podrán utilizar optativamente la Declaración Jurada «Su Declaración on Line» proforma para facilitar los servicios. La opción  “Su Declaración” permite al pequeño empleador prestar conformidad a una declaración jurada ya realizada por la AFIP, ingresando a la página del organismo (www.afip.gov.ar).

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AFIP, Ganancias cuarta categoría, modificaciones

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, modifica la declaración de Ganancias y Bienes Personales para la cuarta categoría, personal en relación de dependencia La AFIP  eleva a $96.000 el monto de la remuneración bruta anual a partir del cual los empleados deben presentar el detalle del patrimonio. Quienes superen los $144.000 brutos anuales provenientes exclusivamente del trabajo dependiente podrán acceder a una presentación simplificada en Ganancias. La  AFIP decidió simplificar el mecanismo de presentación conjunta del Impuesto sobre los Bienes Personales y Ganancias que es utilizado por los empleados en relación de dependencia.

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AFIP, Autonomos pago intereses por pago fuera de término

Los contribuyentes que tengan que abonar intereses por pago de autónomos fuera de término deberán hacerlo utilizando el formulario 801/E, que se pueden bajar de la página de la AFIP www.afip.gov.ar, opción Consultas, opción Formularios. Se deben completar y presentar dos formularios: Intereses de los aportes (los códigos son: 308/019/051) Intereses de las contribuciones (los códigos son: 358/019/051) Para ello, tenga en cuenta la discriminación de importes que se indica a continuación:

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AFIP, controlara las cargas sociales

La liquidación de las contribuciones patronales vía online y las constancias laborales coma la registracion de libros de sueldos reducirán la evasión y el índice de empleo en negro a partir de marzo del 2008.- En los próximos meses la AFIP prevé una fuerte avanzada a fin de controlar la liquidación e ingreso de las cargas sociales. Además contará con el apoyo del Ministerio de Trabajo y ANSeS para trabajar en forma conjunta. El acceso rápido a la información sobre las particularidades de la relación empleador-empleado, facilitará el control al punto que permitirá orientar las inspecciones.

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AFIP, «Su Declaración on line» beneficio para PYMES

La AFIP informo en un comunicado que para facilitar las tareas de las PYMES, la empresas que registren hasta 10 (diez) trabajadores podrán utilizar el Servicio «Su Declaración on line» o se presentación de la Declaración Jurada Proforma de Seguridad Social. Este sistema se venia utilizando durante el último año como una herramienta que la AFIP brindaba a sus contribuyentes, ingresando a la página  Web www.afip.gov.ar. Mediante un texto oficial la  AFIP dijo «Dado el éxito obtenido en esta experiencia, se dispuso que este servicio se convertirá, a partir del próximo vencimiento de marzo, en la única forma de presentación de estas declaraciones».

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