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Resolución General Nº 2.518/08, Anexo I, Moratoria de la AFIP

Mediante la Resolución general Nº 2.518/08, publicada el 11 de noviembre de 2008 en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP,  estableció un nuevo  Régimen especial de Facilidades de Pago,  publicamos el Anexo I,  notas aclaratorias y citaciones legales de dicha resolución general. ANEXO I Artículo 1°: (1.1.) Implementado por la Resolución General N° 1.276 (AFIP) y Resolución General N° 8 (INARSS), sus modificatorias y complementarias. (1.2.) Dispuesto por la Resolución General N° 1.678 y sus modificaciones. (1.3.) Previsto en la Resolución General N° 1.856, sus modificatorias y complementaria.

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Moratoria de la AFIP, Resolución General Nº 2.518/08 Plan de Pago

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución general Nº 2.518/08, publicada el 11 de noviembre de 2008 estableció un nuevo  Régimen especial de Facilidades de Pago, según el Procedimiento Ley. Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Régimen especial de facilidades de pago para regularizar deudas impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras vencidas al día 31 de diciembre de 2007. Requisitos, formas, plazos y demás condiciones para la adhesión. GENERALIDADES Cantidad de Artículos: 27 Entrada en vigencia  20/11/2008 CONSIDERANDO

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Es Ley el Presupuesto para el 2009, sin cambiarle nada

Muy a pesar de las críticas de los opositores el Senado de la Nación anoche convirtió en Ley el Presupuesto del año 2009, luego de 10 horas de bate, con 48 votos a favor y 14 en contra, el primer Presupuesto de la Gestión de Cristina Kirchner. Según pauta la Ley el 2009 tendrá un crecimiento en la economía del 4%, una inflación anual del 8% y el valor del dólar se mantendrá en $3.19.-

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Facturas electrónicas son excluidos los profesionales con baja facturación

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP,  confirmo que los profesionales que no superen los $600.000.- de ingresos durante el año no están obligados a utilizar las facturas electrónicas Marcelo Costa, subdirector de Fiscalización de la AFIP, en el marco del evento «Factura Electrónica» confirmo que el  facturador online que obligaba a los profesionales con una facturación mayor a $300.000 y menor a $600.000 pasa a ser optativo. Asimismo, el funcionario aseguró que a más tardar en tres años todas las facturas A se emitirán electrónicamente. Flexibilización de las pautas La resolución general Nº 2511 prorroga hasta el 2009 la entrada en vigencia de la obligación de facturar electrónicamente.

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Monotributistas Empadronamiento

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la resolución general Nº 2.504, creo un nuevo servicio «Padrón de Productores de Granos – Monotributistas» con el fin de facilitar la identificación de los  monotributistas que operen en la comercialización de granos, y con el objeto de agilizar el análisis de las operaciones realizadas por los mismos. El «Padrón» estará integrado por los productores de granos adheridos al monotributo, que desarrollen sus actividades mediante la explotación de uno o más inmuebles (ya sean estos propios o de terceros).

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Facturación Electrónica, caso puntuales

María Veltri, Jefa de la División de Registración de Operaciones de la AFIP,  a modo de adelanto, detalló a través de casos prácticos algunos puntos grises que serán desterrados con la emisión de la nota externa. En lo referente al piso de facturación anual fijado en $300.000 para los profesionales, la funcionaria no dejó dudas: “los montos facturados a tener en cuenta deben corresponder al último año calendario”. Es decir, que si el profesional no superó los $300.000 en todo el 2007 no se encuentra obligado a facturar de manera electrónica en 2008, por más que en los nueve meses transcurridos hasta el momento haya superado el mencionado límite. “Llegado el 31 de diciembre de 2008, los contribuyentes deberán evaluar

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