INACAP Contribución Patronal Empleados de Comercio Cuota a pagar según Acuerdo Salarial Junio 2010
El Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, perteneciente a los Empleados de Comercio, establece una contribución patronal obligatoria para el Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológico para el Comercio, INACAP, en los términos que establece el artículo Nº 102 del mencionado CCT. La mencionada contribución, que consiste en una suma fija a pagar por el empleador por cada trabajador, con el acuerdo salarial firmado el 16 de junio de 2010, fue modificada.