Contribución Patronal Empleados de Comercio INACAP 2010
Con el acuerdo salarial firmado en el Ministerio de Trabajo para los trabajadores pertenecientes al Convenio Empleados de Comercio, Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, fue modificada la contribución patronal destinada al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológico para el Comercio, INACAP, en los términos del artículo 102 del mencionado CCT. Dicha contribución consiste en una suma fija por cada empelado que debe pagar el empleador.
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